Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2015 (21/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 21 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y distribución a domicilio. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO

APRUEBAN PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA PARA EL PERIODO 2016-2021 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria No. 25 de la fecha, y; VISTOS:

Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1314053-1 El Memorándum Nº 136-2015-GECDYD-MDMM, de la Gerencia de Educación, Cultura, Deportes y DEMUNA, mediante el cual se eleva la propuesta de Ordenanza para la aprobación del Plan Municipal del Libro y la Lectura 2016-2021, y el Informe Nº 655-2015-GAJ-MDMM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y dentro de los márgenes permitidos por Leyes Generales; Que, el numeral 11 del Artículo 82°, del Capítulo II, Las Competencias y Funciones Específicas, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deportes y recreación "Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados"; Que, el numeral 19 del Artículo 82°, del Capítulo II, las competencias y funciones específicas, de la Ley N° 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deportes y recreación "Promover actividades culturales diversas."; Que, el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 002-2014MC, Reglamento de la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, establece que "Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados deben asegurar la creación y sostenibilidad de por lo menos una biblioteca en su localidad, (...)"; Que, mediante Memorándum Nº 136-2015-GECDYDMDMM la Gerencia de Educación, Cultura, Deportes y DEMUNA señala la necesidad de contar con un Plan Municipal del Libro y la Lectura además de solicitar la emisión de una Ordenanza Municipal que apruebe dicho plan para el periodo 2016-2021; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar para el período 2016-2021 como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, las instituciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organizaciones privadas. Artículo Segundo.- Incluir el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar para el Período 2016-2021 en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado de la Municipalidad de Magdalena del Mar como parte de la Línea Estratégica de Políticas Públicas.

Aprueban el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad de Lince 2016 2021
ORDENANZA N° 363-2015-MDL Lince, 13 de noviembre de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Lince, en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 001-2015-MDL-CECDS de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Salud; y de conformidad con lo establecido en los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE 2016 ­ 2021 Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE 2016 ­ 2021. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Social, a través de la Subgerencia de Desarrollo Humano, así como las acciones correspondientes a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología la publicación de la presente Ordenanza y Texto íntegro del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad de Lince 2016 ­ 2021 en el Portal Web Institucional de la Municipalidad (www.munilince.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1314052-1

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Aprueban Plan Municipal del Libro y la Lectura para el Período 2016 - 2021
ORDENANZA Nº 031-15-MDMM Magdalena, 13 de noviembre de 2015

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