Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2015 (25/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de noviembre de 2015 /

El Peruano

los mecanismos de acción del Estado para garantizar el ejercicio de los derechos de la población culturalmente diversa del país, particularmente de los pueblos indígenas y la población afroperuana, promoviendo un Estado que reconoce la diversidad cultural innata a nuestra sociedad, opera con pertinencia cultural y contribuye así a la inclusión social, la integración nacional y eliminación de la discriminación; Que, en el marco de sus competencias el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones, promover el desarrollo cultural a través del diálogo intercultural y el reconocimiento de la diversidad cultural entre los peruanos, la protección de la diversidad biológica y los conocimientos colectivos de los pueblos y el desarrollo integral de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuanos; Que, mediante Resolución 68/237 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas ­ ONU proclamó el periodo 2015-2024 como el Decenio Internacional de los Afrodescendientes, con el tema "Afrodescendientes: reconocimiento, justicia y desarrollo", con el objeto de fortalecer la cooperación nacional, regional e internacional en relación con el pleno disfrute de los derechos fundamentales de las personas de ascendencia africana, y su plena e igualitaria participación en todos los aspectos de la sociedad; Que, con la necesidad de asegurar la protección, la promoción e igualdad de derechos y desarrollo de la población afroperuana, fortaleciendo su desarrollo con identidad, es pertinente declarar de interés nacional la atención prioritaria respecto del pleno disfrute de los derechos fundamentales de la población afroperuana; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- Declaratoria de Interés Nacional Declárese de interés nacional la atención prioritaria respecto del pleno disfrute de los derechos fundamentales de la población afroperuana, con el objeto de fortalecer el desarrollo y la inclusión social, durante el periodo comprendido como el Decenio Internacional de los Afrodescendientes 2015-2024, declarado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas ­ ONU. Artículo 2.- Acciones a cargo de los sectores y niveles de gobierno En el marco de lo dispuesto por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, todos los sectores y niveles de gobierno, de acuerdo a sus competencias y a la escala de prioridades y políticas de gasto priorizada por cada Titular de Pliego y con sujeción a su presupuesto institucional aprobado, sin demandar mayores recursos al Tesoro Público, formularán e implementarán programas, proyectos y acciones encaminadas a alcanzar el fortalecimiento de los derechos fundamentales de la población afroperuana, con una visión de inclusión social, y la participación plena de esta población en todos los aspectos de la sociedad peruana. Artículo 3.- Formulación del Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020 El Ministerio de Cultura formulará el Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020, con el propósito de definir los objetivos estratégicos y acciones dirigidas a contribuir al desarrollo y a la mejora de la calidad de vida de la población afroperuana en condiciones de equidad, con inclusión y sin discriminación. Este plan estará enmarcado en la Política Nacional para la transversalización del enfoque intercultural. Artículo 4.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Cultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura 1315977-3

Designan Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 430-2015-MC Lima, 23 de noviembre de 2015 VISTO: la carta de renuncia presentada por señor Juan Augusto Fernández Valle de fecha 20 de noviembre de 2015; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2013MC, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; Que, mediante Resolución Ministerial N° 103-2013MC se designó al señor Juan Augusto Fernández Valle en el cargo de confianza de Director Regional de Callao de la Dirección Regional de Cultura de Callao, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Callao; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia y designar al funcionario que asumirá el cargo de Director de la Dirección Desconcentrada del Callao; Con el visado del Secretario General, la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos y la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 0052013-MC y la Resolución Ministerial N° 336-2015-MC que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Juan Augusto Fernández Valle al cargo de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Callao, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha, al señor Enrique Arnaldo Sánchez Bardales en el cargo de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Callao del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1315699-1

Declaran plataforma oficial del Ministerio a la Plataforma de Acción contra la Discriminación Étnico y/o Racial "Alerta Contra el Racismo"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 431-2015-MC Lima, 23 de noviembre de 2015 Vistos, el Informe N° 068-2015-DEDR-DGCI-VMI/MC de la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial; el Informe N° 113-2015-DGCI-VMI/ MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Memorando N° 334-2015-VMI/MC de la Viceministra de Interculturalidad; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho

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