Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2015 (25/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Miércoles 25 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Aceptan renuncia y encargan la Dirección General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural de la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 156-2015-BNP Lima, 23 de noviembre de 2015 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, VISTOS, el Informe Nº 166-2015-BNP/OIIEC, de fecha 20 de noviembre de 2015, emitido por la Directora General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultura; el Memorando Nº 348-2015-BNP/DN, de fecha 20 de noviembre de 2015, emitido por la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú; y el Informe Nº 305-2015BNP/OAL, de fecha 20 de noviembre de 2015, emitido por la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nacional Nº 104 -2015-BNP, de fecha 31 de agosto de 2015, se designó a la señora María Pasamar Herranz, Directora General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural, bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS; Que, mediante Informe Nº 166-2015-BNP/OIIEC, de fecha 20 de noviembre de 2015, la profesional María Pasamar Herranz presenta su renuncia al cargo de Directora General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural, de la Biblioteca Nacional del Perú, y solicita se le exonere del plazo correspondiente; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo Nº 0752008-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, Ley que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, establece que: "Los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante o quedar sujetos, únicamente, a las siguientes acciones administrativas de desplazamiento de personal: a) La designación temporal, como representante de la entidad contratante ante comisiones y grupos de trabajos, como miembro de órgano colegiados y/o como directivo superior o empleado de confianza, observando las limitaciones establecidas en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público. (...)"; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modificatorias, señala que los cargos cubiertos por personas designadas por resolución no se encuentran sometidos a las reglas de duración del contrato, procedimiento, causales de suspensión o extinción regulados por la normativa aplicable a la materia"; Que, en concordancia con ello, el artículo 73 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el desempeño de los cargos de los titulares de los órganos administrativos pueden ser suplidos (encargados) temporalmente en caso de vacancia o ausencia justificada, por quien designe la autoridad competente para efectuar el nombramiento de aquéllos. El suplente sustituye al titular para todo efecto legal, ejerciendo las funciones del órgano con la plenitud de los poderes y deberes que las mismas contienen; Que, de acuerdo a lo dispuesto por esta Dirección Nacional se tiene por aceptada la renuncia presentada por

la señora María Pasamar Herranz, al cargo de Directora General de Imagen Institucional y Extensión Cultural; Que, de otro lado y con el fin de no afectar las funciones de la Dirección General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural se ha visto por conveniente encargar la Dirección General al señor GREGORIO MARTÍN BARZOLA FARFÁN, profesional contratado bajo el Régimen Laboral CAS de la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0242002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia presentada por la señora MARIA PASAMAR HERRANZ, al cargo de Directora General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo Segundo.- ENCARGAR la Dirección General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural de la Biblioteca Nacional del Perú, al señor GREGORIO MARTÍN BARZOLA FARFÁN, profesional contratado bajo el Régimen Laboral CAS de la Oficina General de Administración, en tanto se designe al titular de dicho cargo. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web Institucional (http:// www.bnp.gob.pe). Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los interesados y a las instancias correspondientes, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional Biblioteca Nacional del Perú 1315363-1

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan creación e implementación de la Oficina de Coordinación "Monzón", adscrita a la Oficina Zonal de Tingo María
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 110-2015-DV-PE Lima, 24 de noviembre de 2015 VISTO: El Informe N° 095-2015-DV-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 015-2015-DVDATE, de la Dirección de Articulación Territorial; el Memorándum N° 630-2015-DV-DAT, de la Dirección de Asuntos Técnicos; el Memorándum N° 272-2015-DVDPM, de la Dirección de Promoción y Monitoreo; y el Informe N° 318-2015-DV-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA es responsable de diseñar la política nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes; así como conducir el proceso de su implementación, conforme a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 4° del Reglamento de

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