Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2015 (25/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Miércoles 25 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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plazo para el Censo de operadores, con eficacia anticipada del 13 de noviembre al 01 de diciembre de 2015, toda vez que desde dicha fecha, mediante el aplicativo provisto por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil se ha continuado censando operadores; Que, adicionalmente, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, accediendo a la solicitud remitida por la Dirección General de Contabilidad Pública (órgano rector del Sistema Administrativo de Contabilidad) propone modificar la fecha para la aplicación del Diagnóstico de Conocimientos a los operadores del Sistema Administrativo de Contabilidad, para los días 10 y 11 de diciembre de 2015, establecidas inicialmente para los días 3 y 4 de diciembre de 2015; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado con Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliar la fecha establecida en el numeral 7.2 de la "Directiva que regula el desarrollo del Diagnóstico de Conocimientos de las personas al servicio del Estado en el Sistema Administrativo de Contabilidad", hasta el 01 de diciembre de 2015, con eficacia anticipada desde el 13 de noviembre de 2015. Artículo 2.- Modificar la fecha establecida en el numeral 7.4 de la "Directiva que regula el desarrollo del Diagnóstico de Conocimientos de las personas al servicio del Estado en el Sistema Administrativo de Contabilidad", para los días 10 y 11 de diciembre de 2015. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1315253-1

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban el otorgamiento de subvención económica a favor de la Universidad Católica San Pablo
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 173-2015-CONCYTEC-P Lima, 20 de noviembre de 2015 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 29-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES y el Oficio Nº 367-2015-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 303-2015-CONCYTEC-OGPP y Nº 303-2015-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Numeral 1),

autoriza excepcionalmente al CONCYTEC a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, a efectos de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con la finalidad de promover el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Año Fiscal 2015; las cuales se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resoluciones de Presidencia Nºs. 064, 091, 108 y 147-2015-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 002-2015 -CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015" (en adelante, la Directiva); Que, mediante Oficio Nº 367-2015-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita aprobar el otorgamiento de una subvención, por un monto total de S/. 262,500.00, a favor de una persona jurídica privada ganadora del "Concurso Científicos INC - Círculos de Investigación en Ciencia y Tecnología", financiado por el FOMITEC, conforme a la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 048-2014-FONDECYT-DE, modificada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 084-2014-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 29-2015-FONDECYT -UPPUAJ-USM-UES, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT solicitan el otorgamiento de una subvención a favor de persona jurídica privada por un monto total de S/. 262,500.00, para cofinanciar un proyecto en ciencia, tecnología e innovación tecnológica. En tal sentido, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para el otorgamiento de una subvención a favor de la Universidad Católica San Pablo, por la suma de S/. 262,500.00, para cofinanciar el proyecto "Realidad aumentada para fines de Tránsito de Vehículos y Seguridad Ciudadana", en cuanto ganadora del "Concurso Científicos INC - Círculos de Investigación en Ciencia y Tecnología", financiado por el FOMITEC. Los referidos órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000714, copias de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nºs. 048 y 084-2014-FONDECYT-DE, así como copia del Convenio de Financiamiento Nº 009-2014 -FONDECYT; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo, la Unidad de Evaluación y Selección y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar el desembolso solicitado en el Informe Técnico Legal Nº 29-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM -UES, contenidos en las Bases del respectivo Concurso y en el Convenio de Financiamiento señalado en el considerando precedente; Que, mediante Informe Nº 303-2015-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que el otorgamiento de subvención a una persona jurídica privada solicitada por FONDECYT, cuenta con disponibilidad presupuestal para ser atendida hasta por el importe total de S/. 262,500.00, con el cual se cofinanciará el proyecto en ciencia, tecnología e innovación tecnológica señalados en el Informe Técnico Legal Nº 29-2015-FONDECYTUPP-UAJ-USM-UES; Que, con el Informe Nº 303-2015-CONCYTECOGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 29-2015 -FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, y en el Informe Nº

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