Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2015 (25/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Ratifican el "Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico"
DECRETO SUPREMO N° 062-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico", fue suscrito el 10 de febrero de 2014, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados, o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico", suscrito el 10 de febrero de 2014, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano", el texto íntegro del referido Protocolo Adicional, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1315979-2

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 33º, 34º y 35º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005RE del 5 de octubre de 2005, y modificado por los Decretos Supremos Nº 091-2011-RE y Nº 046-2012RE, de 22 de julio de 2011 y 18 de octubre de 2012, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Único.- Desígnese a las siguientes Oficinas Consulares como Jefaturas de los Servicios Consulares en la República Federativa de Brasil:
REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL SEDE JEFATURA DE SERVICIOS JURISDICCIÓN PARA EFECTOS DE ORGANIZACIÓN INTERNA OFICINA CONSULAR DEPENDIENTE DIRECTA

SAN PABLO

En los Estados de San Pablo, SECCIÓN CONSULAR Mato Grosso do Sul, Rio Grande EN BRASILIA do Sul, Santa Catarina y Paraná. CONSULADO EN Jefatura de los Servicios ConsulCURITIBA ares para efectos de organización interna, recaudación y remesa en CONSULADO EN todo el país. PORTO ALEGRE CONSULADO EN BELO HORIZONTE En los Estados de Rio de Janeiro, Espirito Santo, Minas Gerais, Bahía, Sergipe, Alagoas, Pernambuco, Paraiba, Rio Grande do Norte, Ceara, Piaui y Maranhao. CONSULADO EN FORTALEZA CONSULADO EN RECIFE CONSULADO EN SALVADOR CONSULADO EN CUIABA CONSULADO EN PORTO VELHO CONSULADO EN TABATINGA CONSULADO EN BELEM DO PARÁ

RIO DE JANEIRO

En los Estados de Acre, Mato RIO BRANCO Grosso y Rondonia.

Designan diversas Oficinas Consulares como Jefaturas de los Servicios Consulares en la República Federativa de Brasil
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1081/RE-2015 Lima, 23 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE, del 5 de octubre de 2005, se aprobó el Reglamento Consular del Perú, cuyo artículo 33º dispone que toda Jefatura de los Servicios Consulares es designada mediante Resolución Ministerial a propuesta de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior, actual Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2015RE, del 27 de octubre de 2015, se reestructuraron las circunscripciones geográficas de las Oficinas Consulares peruanas en la República Federativa de Brasil, además de crearse los Consulados del Perú en las ciudades brasileñas de Tabatinga y Fortaleza; Que, acorde con la reestructuración de las circunscripciones geográficas de las Oficinas Consulares del Perú acreditadas en la República Federativa de Brasil es necesario designar a las Jefaturas de los Servicios Consulares, de manera que éstas cubran adecuadamente la extensión del Estado receptor;

MANAOS

En los Estados de Amazonas, Roraima, Pará y Amapá.

Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1315952-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Dan por concluida designación de Gerente de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa "Impulsa Perú"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 012-2015-MTPE/3 Lima, 24 de noviembre de 2015

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