Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2015 (21/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de octubre de 2015 /

El Peruano

Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la determinación de la obligación tributaria; Que, a través de la Ordenanza N° 372-MSI y modificatorias se aprobaron los derechos de tramitación y servicios exclusivos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); el mismo que fue ratificado por el Concejo Metropolitano a través del Acuerdo de Concejo N° 2438, ambos publicados en el Diario Oficial El Peruano el 25.12.2014, el cual contenía entre otros, los siguientes procedimientos administrativos a cargo de la Gerencia de Administración Tributaria: "01.01 Solicitud de Alta de Contribuyente por Adquisición de predio (Adquiriente)"; "01.02 Solicitud de Baja de Contribuyente por Transferencia de predio (Transferente)" y "01.03 Solicitud de Modificación de datos Generales". Que, mediante Ordenanza N° 399-MSI, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 258 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicado el 08.10.2015 se aprobó la actualización del TUPA, el mismo que contemplaba los procedimientos antes mencionados; Que, sin embargo la Guía de Simplificación Administrativa y Determinación de Costos de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad para el Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, aprobado por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2012-PCM-SGP el 07.12.2012, indica que "(...) no son procedimientos administrativos por lo que deben ser eliminados del TUPA, si es que éstos estuvieran registrados en el mismo: *obligaciones de carácter tributario y acciones a cargo de la ejecutoría coactiva (...)"; razón por la cual mediante Decreto de Alcaldía N° 017-2015-ALC/MSI publicado en el diario oficial El Peruano el 08.10.2015, se eliminaron del TUPA los procedimientos para la presentación de Declaraciones Tributarias vinculadas al impuesto predial, resultando necesario aprobar un Reglamento que establezca las disposiciones relativas a la presentación de Declaraciones Tributarias vinculadas al Impuesto Predial; Que, revisada la propuesta remitida por la Gerencia de Administración Tributaria se aprecia que esta tiene por finalidad establecer las disposiciones para la presentación de Declaraciones Tributarias vinculadas al impuesto predial y como finalidad optimizar el proceso para la determinación y posterior fiscalización de las obligaciones tributarias vinculadas al impuesto predial de modo tal que su presentación se efectúe de forma estandarizada y ordenada; contemplando las siguientes Declaraciones Tributarias: a) Declaración Tributaria Anual (DTA); b) Declaración Mecanizada (DM); c) Declaración Tributaria sobre modificaciones del predio (DT modificaciones de Predio); d) Declaración Tributaria de Sucesiones (DTS); e) Declaración Tributaria sobre Transferencia o Adquisición de Predios (DTTP) y f) Declaración de Modificación de Datos del Contribuyente (DMC); Que, bajo este contexto y de conformidad con el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, de conformidad con lo opinado por la Gerencia Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 0740 -2015-0400GAJ/MSI y la opinión técnica favorable de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Desarrollo Corporativo y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo a través de los informes de vistos; Estando a lo expuesto y de acuerdo a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que establece las disposiciones relativas a la presentación de Declaraciones Tributarias vinculadas al Impuesto Predial, aplicable en la jurisdicción de San Isidro, el mismo que forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Administración Tributaria y demás unidades orgánicas competentes; a la Secretaría General su publicación en el diario

oficial El Peruano y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen, su publicación en el portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro www.munisanisidro.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano ­ PSCE - www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1300916-2

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Aprueban Tabla de Puntuación para la calificación de los proyectos que se presenten en el Marco del Presupuesto Participativo 2016, Basado en Resultados del Distrito de Villa El Salvador
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2015-ALC/MVES Villa El Salvador, 12 de octubre del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Informe Nº 141-2015-OPRP/MVES de la Oficina de Planeamiento, Racionalización y Presupuesto, el Informe Nº 502-2015-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 1733-2015-GM/ MVESde la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º del Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28680, en concordancia con el artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece que el Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación, equitativo, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado ­ Sociedad Civil; Que, la Ordenanza Municipal Nº 330-MVES de fecha 25 de agosto del 2015, aprobó el Reglamento Marco del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2016, Basado en Resultados del Distrito de Villa El Salvador, el mismo que en el artículo 31º numeral 6.1. señala que: "Mediante Decreto de Alcaldía, se aprobará la tabla de criterios y puntajes para facilitar la priorización de los proyectos."; Que, mediante el Informe Nº 141-2015/OPRPMVES, la Oficina de Planeamiento, Racionalización y Presupuesto de esta institución edil, Informa que el día 06.10.15, se realizó una reunión con los miembros del Equipo Técnico Municipal del Presupuesto Participativo 2016, donde se debatió sobre la propuesta de Tabla de Puntuación para la calificación de proyectos que se presenten en el Marco del Presupuesto Participativo 2016, Basado en Resultados, acordándose aprobar la propuesta, previa modificación de la puntuación de los ítems de Pago de Arbitrios y Asistencia a Talleres; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la Tabla de Puntuación para la calificación de los proyectos que se presenten en

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