Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2015 (10/09/2015)
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TEXTO DE LA PÁGINA 6
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NORMAS LEGALES
Jueves 10 de setiembre de 2015 /
El Peruano
Que, el artículo 37° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, determina que las entidades públicas establecen medidas para promover el debido cumplimiento de las normas ambientales y mejorar niveles de desempeño ambiental, comprendiendo entre ellas, los reconocimientos públicos; Que, de acuerdo al literal n) del artículo 6° de la Ley N° 28245 y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este Ministerio debe asegurar la transectorialidad y la debida coordinación en la aplicación de los instrumentos de gestión ambiental, a través de la promoción de los Sistemas de Gestión Ambiental en los sectores público y privado, considerando estándares internacionales; Que, la Política Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, señala como uno de sus objetivos específicos el de consolidar la gobernanza ambiental y el Sistema Nacional de Gestión Ambiental a nivel nacional, regional y local, bajo la rectoría del Ministerio del Ambiente, articulando e integrando las acciones transectoriales en materia ambiental; Que, bajo ese contexto se aprobó la Estrategia para el Reforzamiento del Desempeño Ambiental Descentralizado, mediante Resolución Ministerial N° 254-2014-MINAM, detallando como una de sus líneas estratégicas de acción el establecimiento de medidas propositivas e incentivos, que a su vez incorpora la Gestión Ambiental Local Sostenible GALS; Que, la Agenda Nacional de Acción Ambiental AgendAmbiente 2015-2016, aprobada por Resolución Ministerial N° 405-2014-MINAM, dentro del frente gobernanza ambiental tiene como objetivo fortalecer el Sistema Nacional, Regional y Local de Gestión Ambiental, para lo cual precisa como una de las acciones la elaboración e implementación de mecanismos de incentivos a la gestión ambiental local GALS; Que, en ese sentido, a fin de promover la mejora continua, la sostenibilidad y el fortalecimiento del desempeño de la gestión ambiental local, a través del reconocimiento y difusión de los logros obtenidos por las gobiernos locales, corresponde aprobar el proceso de reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del Año 2015 GALS 2015; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el proceso de reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del Año 2015 GALS 2015, el mismo que se desarrollará de acuerdo al siguiente cronograma: a) Convocatoria: 14 de setiembre de 2015 b) Presentación de carta de interés: 14 de setiembre al 30 de octubre de 2015 c) Recepción de documentos: 02 de noviembre de 2015 al 29 de enero de 2016 d) Evaluación: 01 de febrero al 18 de marzo de 2016 e) Reconocimiento: 31 de marzo de 2016 Artículo 2.- Los requisitos para participar en el proceso de reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del Año 2015 GALS 2015 se encuentran detallados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Las demás especificaciones para el proceso GALS 2015, a cargo de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, serán publicadas en el Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/gals).
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente ANEXO REQUISITOS SEGÚN CATEGORIAS Y CLASIFICACIÓN DE MUNICIPALIDADES REQUISITOS PARA GALS I
GALS I - MUNICIPALIDADES TIPO "A" TEMA 1.- Gestión de residuos sólidos REQUISITOS 1) Informe anual del 2014, del Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL) 2) Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) o Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) aprobado 3) Informe de actividades para la formalización de recicladores, en el ámbito de su jurisdicción 2.- Gestión Integral 4) Proyecto de inversión pública o público-privada formulado del Agua y/o viable y/o en ejecución, referido al abastecimiento y/o tratamiento de aguas residuales 5) Informe situacional sobre la gestión de los servicios de agua potable y tratamiento y reúso de aguas residuales. 3.- Calidad del aire 6) Plan de acción para el control y prevención de la y prevención y contaminación sonora o norma vinculada a la prevención control de ruidos y control de ruidos. 7) Informe sobre el funcionamiento de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de Calidad del Aire" (GESTA Zonal del Aire), en el último año (*) o el "Plan de Acción para el Mejoramiento de la Calidad del Aire" aprobado. 8) Informe sobre la gestión y/o mantenimiento de las Áreas Verdes Urbanas 4.-Institucionalidad 9) Norma de creación de la Comisión Ambiental Municipal y Participación (CAM) e informe de avances y/o logros obtenidos desde el Ciudadana año 2014 10) Plan y/o Agenda Ambiental Local aprobada 11) Informe de actividades de educación ambiental 5.- Cambio 12) Informe de actividades vinculadas a la formulación y/o Climático y Gestión implementación de iniciativas de adaptación y/o mitigación de riesgos al cambio climático y sobre la gestión de riesgos de desastres. 6.- Protección, conservación y/o uso sostenible de la diversidad biológica 13) Informe de iniciativas para la protección, conservación y/o uso sostenible de diversidad biológica (ecosistemas, especies y recursos genéticos) en el ámbito de su jurisdicción
(*) : Requisito obligatorio para las zonas declaradas de atención prioritaria, en calidad de aire. Nota: Clasificación de municipalidades establecida en el Anexo N° 01 del Decreto Supremo N° 033-2015-EF.
GALS I MUNICIPALIDADES TIPO "B" TEMA REQUISITOS 1.- Gestión de 1) Informe anual del 2014, del Sistema de Información para la residuos sólidos Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL) 2) Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) o Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) aprobado 2.- Gestión Integral del Agua 3) Proyecto de inversión pública o público-privada formulado y/o viable y/o en ejecución, referido al abastecimiento y/o tratamiento de aguas residuales 4) Informe situacional sobre la gestión de los servicios de agua potable y tratamiento y reúso de aguas residuales.