Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2015 (10/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Que, el artículo 37° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, determina que las entidades públicas establecen medidas para promover el debido cumplimiento de las normas ambientales y mejorar niveles de desempeño ambiental, comprendiendo entre ellas, los reconocimientos públicos; Que, de acuerdo al literal n) del artículo 6° de la Ley N° 28245 y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este Ministerio debe asegurar la transectorialidad y la debida coordinación en la aplicación de los instrumentos de gestión ambiental, a través de la promoción de los Sistemas de Gestión Ambiental en los sectores público y privado, considerando estándares internacionales; Que, la Política Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, señala como uno de sus objetivos específicos el de consolidar la gobernanza ambiental y el Sistema Nacional de Gestión Ambiental a nivel nacional, regional y local, bajo la rectoría del Ministerio del Ambiente, articulando e integrando las acciones transectoriales en materia ambiental; Que, bajo ese contexto se aprobó la Estrategia para el Reforzamiento del Desempeño Ambiental Descentralizado, mediante Resolución Ministerial N° 254-2014-MINAM, detallando como una de sus líneas estratégicas de acción el establecimiento de medidas propositivas e incentivos, que a su vez incorpora la Gestión Ambiental Local Sostenible ­ GALS; Que, la Agenda Nacional de Acción Ambiental ­ AgendAmbiente 2015-2016, aprobada por Resolución Ministerial N° 405-2014-MINAM, dentro del frente gobernanza ambiental tiene como objetivo fortalecer el Sistema Nacional, Regional y Local de Gestión Ambiental, para lo cual precisa como una de las acciones la elaboración e implementación de mecanismos de incentivos a la gestión ambiental local ­ GALS; Que, en ese sentido, a fin de promover la mejora continua, la sostenibilidad y el fortalecimiento del desempeño de la gestión ambiental local, a través del reconocimiento y difusión de los logros obtenidos por las gobiernos locales, corresponde aprobar el proceso de reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del Año 2015 ­ GALS 2015; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el proceso de reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del Año 2015 ­ GALS 2015, el mismo que se desarrollará de acuerdo al siguiente cronograma: a) Convocatoria: 14 de setiembre de 2015 b) Presentación de carta de interés: 14 de setiembre al 30 de octubre de 2015 c) Recepción de documentos: 02 de noviembre de 2015 al 29 de enero de 2016 d) Evaluación: 01 de febrero al 18 de marzo de 2016 e) Reconocimiento: 31 de marzo de 2016 Artículo 2.- Los requisitos para participar en el proceso de reconocimiento a la Gestión Ambiental Local Sostenible del Año 2015 ­ GALS 2015 se encuentran detallados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Las demás especificaciones para el proceso GALS 2015, a cargo de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, serán publicadas en el Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/gals).

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente ANEXO REQUISITOS SEGÚN CATEGORIAS Y CLASIFICACIÓN DE MUNICIPALIDADES REQUISITOS PARA GALS I
GALS I - MUNICIPALIDADES TIPO "A" TEMA 1.- Gestión de residuos sólidos REQUISITOS 1) Informe anual del 2014, del Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL) 2) Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) o Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) aprobado 3) Informe de actividades para la formalización de recicladores, en el ámbito de su jurisdicción 2.- Gestión Integral 4) Proyecto de inversión pública o público-privada formulado del Agua y/o viable y/o en ejecución, referido al abastecimiento y/o tratamiento de aguas residuales 5) Informe situacional sobre la gestión de los servicios de agua potable y tratamiento y reúso de aguas residuales. 3.- Calidad del aire 6) Plan de acción para el control y prevención de la y prevención y contaminación sonora o norma vinculada a la prevención control de ruidos y control de ruidos. 7) Informe sobre el funcionamiento de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de Calidad del Aire" (GESTA Zonal del Aire), en el último año (*) o el "Plan de Acción para el Mejoramiento de la Calidad del Aire" aprobado. 8) Informe sobre la gestión y/o mantenimiento de las Áreas Verdes Urbanas 4.-Institucionalidad 9) Norma de creación de la Comisión Ambiental Municipal y Participación (CAM) e informe de avances y/o logros obtenidos desde el Ciudadana año 2014 10) Plan y/o Agenda Ambiental Local aprobada 11) Informe de actividades de educación ambiental 5.- Cambio 12) Informe de actividades vinculadas a la formulación y/o Climático y Gestión implementación de iniciativas de adaptación y/o mitigación de riesgos al cambio climático y sobre la gestión de riesgos de desastres. 6.- Protección, conservación y/o uso sostenible de la diversidad biológica 13) Informe de iniciativas para la protección, conservación y/o uso sostenible de diversidad biológica (ecosistemas, especies y recursos genéticos) en el ámbito de su jurisdicción

(*) : Requisito obligatorio para las zonas declaradas de atención prioritaria, en calidad de aire. Nota: Clasificación de municipalidades establecida en el Anexo N° 01 del Decreto Supremo N° 033-2015-EF.

GALS I ­ MUNICIPALIDADES TIPO "B" TEMA REQUISITOS 1.- Gestión de 1) Informe anual del 2014, del Sistema de Información para la residuos sólidos Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL) 2) Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) o Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) aprobado 2.- Gestión Integral del Agua 3) Proyecto de inversión pública o público-privada formulado y/o viable y/o en ejecución, referido al abastecimiento y/o tratamiento de aguas residuales 4) Informe situacional sobre la gestión de los servicios de agua potable y tratamiento y reúso de aguas residuales.

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