Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2015 (10/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de setiembre de 2015 /

El Peruano

construcción e instalación de una Planta Compresora ubicada en el KP 127, en la zona selva entre Malvinas y Chiquintirca y la Construcción e Instalación de un Loop en la zona costa entre Chilca y Lurín, que permitirá transportar 1540 MMPCD en el tramo de la selva, y 920 MMPCD en los tramos sierra y costa, lo cual coadyuvará a la Masificación del Gas Natural; Que, mediante Carta N° TGP/GELE/INT-112432015, de fecha 05 de febrero de 2015, la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A., presentó una solicitud para ampliar la capacidad de transporte de Gas Natural a través de la construcción e instalación de una Planta Compresora ubicada en el KP 127 del ducto actual en la zona selva entre Malvinas y Chiquintirca; y la construcción e instalación de un Loop en la zona costa entre Chilca y Lurín, solicitud cuya información fue complementada mediante Carta N° TGP/GELE/INT-11369-2015 de fecha 27 de febrero de 2015; Que, a través de la Carta N° TGP/GELE/INT11491-2015, de fecha 09 de abril de 2015, la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. presentó una solicitud para la incorporación al Sistema de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate de un ramal hacia la ciudad Ayacucho denominado Derivación Principal Ayacucho; Que, a través del Oficio N° 511-2015-MEM/DGH, de fecha 29 de abril de 2015, la Dirección General de Hidrocarburos realizó observaciones a la solicitud presentada mediante Carta N° TGP/GELE/INT-112432015, por la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A., las cuales fueron absueltas mediante Carta N° TGP/ GELE/INT-11741-2015, de fecha 15 de mayo de 2015; Que, a fin de satisfacer la creciente demanda de los consumidores de los sectores económicos residenciales, industriales, comerciales, vehiculares y generación eléctrica, es necesario ampliar las instalaciones de los ductos y de la Planta Compresora, a efectos de contar con una mayor capacidad de transporte a fin de suministrar el Gas Natural requerido por el mercado interno; Que, resulta fundamental impulsar la Masificación del Gas Natural con un criterio de inclusión social, considerando que existen regiones que cuentan con un bajo potencial de consumo de Gas Natural, que por su ubicación podrían ser abastecidas por ramales o derivaciones desde la Red del Sistema de Transporte, y que por la economía de escala resultará más económico y eficiente la incorporación, construcción y montaje de una Derivación Principal Ayacucho; Que, el Informe Técnico- Legal N° 013-2015MEM/DGH-DGGN-DNH, concluye que la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. ha cumplido con los requisitos legales establecidos en Reglamento de Transportes de Hidrocarburos por Ductos aprobado por Decreto Supremo N° 081-2007-EM, precisando además, que la ampliación de capacidad de Transporte de Gas Natural y la incorporación de la Derivación Principal Ayacucho, no alteran las obligaciones del Contrato Boot de Concesión de Transporte de Gas Natural de Camisea al City Gate; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0422005-EM, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y el Decreto Supremo N° 014-2013-EM, que modifica el Reglamento de la Ley N° 27133 - Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-99-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la solicitud de ampliación de la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. para la realización de la ampliación de la capacidad del Sistema de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate, que consiste en el diseño, construcción y montaje de la Planta de Compresión en el KP 127 y la construcción e instalación de un Loop en la zona costa entre Chilca y Lurín, los cuales permitirán transportar

1540 MMPCD en el tramo de la selva; y 920 MMPCD, en los tramos de la sierra y la costa. Artículo 2.- Aprobar la solicitud de la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. para la incorporación, construcción y montaje de un ramal hacia la ciudad de Ayacucho denominado Derivación Principal Ayacucho. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1285601-6

INTERIOR
Reasignan a General de la PNP en el cargo de Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 192-2015-IN Lima, 9 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 002-2015-IN de fecha 2 de enero de 2015 se dispuso la asignación del señor General de Armas de la Policía Nacional del Perú Luis Alberto FAJARDO CASTILLO, en el cargo de Inspector General de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 167° de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de la Policía Nacional; Que, el artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, concordante con el artículo 27 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2013-IN, establece que el cargo es el puesto laboral específico establecido en el Cuadro de Organización, Cuadro de Personal y el Clasificador de Cargos, que se asigna al personal con empleo, de acuerdo a las Listas de Rendimiento Profesional o Técnico, especialidades funcionales, antigüedad y necesidad del servicio; Que, el numeral 1) del artículo 28 del Decreto Legislativo N° 1149 ­ Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que la asignación y reasignación en el cargo de los Oficiales Generales se aprueba por Resolución Suprema; De conformidad con la Ley Nº 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reasignar por la causal de necesidad del servicio al señor General de Armas de la Policía Nacional del Perú Luis Alberto FAJARDO CASTILLO, en el cargo de Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, a partir de la fecha de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1285601-7

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