Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2015 (10/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Jueves 10 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ SUTRAN Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, que consta de tres (3) Títulos, sesenta y tres (63) artículos, tres (3) disposiciones complementarias finales y del Organigrama de la SUTRAN, cuyo texto y anexo forman parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación del Reglamento de Organización y Funciones El presente Decreto Supremo es publicado en el Diario Oficial El Peruano. El Reglamento de Organización y Funciones y el Organigrama de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN aprobados en el artículo precedente, es publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el Portal Institucional de la SUTRAN (www.sutran. gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Efectos Presupuestales La aplicación del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN se sujeta a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Aprobación de instrumentos de gestión en base a la nueva estructura orgánica de la SUTRAN La SUTRAN formulará sus nuevos instrumentos de gestión sobre la base de la estructura orgánica aprobada en su Reglamento de Organización y Funciones a través del presente Decreto Supremo, conforme a la normativa del Régimen del Servicio Civil vigente. Segunda.- Disposiciones para la aplicación del Reglamento de Organización y Funciones de la SUTRAN El Consejo Directivo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN emite las disposiciones necesarias para la aplicación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado en el presente Decreto Supremo. Tercera.- Denominación Toda referencia en normas anteriores a las Direcciones u Oficinas de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN que no formen parte del Reglamento de Organización y Funciones aprobado en el presente Decreto Supremo, deben identificarse con las nuevas gerencias, subgerencias u oficinas de acuerdo con sus funciones. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Deróguese el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ SUTRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2010-MTC, y su modificatoria. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1285601-3

Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión en la banda VHF, en diversas localidades del departamento de Cusco, serán otorgadas mediante concurso público
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1373- 2015-MTC/28 Lima, 31 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que configurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 1748-2015-MTC/28 se da cuenta que en la banda y localidades que se detallan a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare:
MODALIDAD BANDA LOCALIDAD MACHUPICCHU RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN SANTO TOMAS VHF SAN SALVADOR ECHARATE CUSCO CUSCO 5 5 4 4 DEPARTA- SOLICITUDES FRECUENCIAS MENTO ADMITIDAS DISPONIBLES CUSCO CUSCO 7 7 6 6

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidades que se detallan a continuación, serán otorgadas mediante concurso público: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD MACHUPICCHU RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN VHF SANTO TOMAS SAN SALVADOR ECHARATE Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA CADILLO ANGELES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1284719-1 CUSCO DEPARTAMENTO

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