Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2015 (13/09/2015)
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TEXTO DE LA PÁGINA 25
Multa unitaria Tj (UIT) Criterio de aplicación Tipo 1 (T1) 0.29 3.35 4.55 11.01 Hasta 50 Hasta Hasta Hasta UIT 100 UIT 250 UIT 500 UIT Hasta 50 Hasta Hasta Hasta UIT 100 UIT 250 UIT 500 UIT Tipo 2 (T2) Tipo 3 (T3) Tipo 4 (T4) Fórmula de aplicación Tipo 1 Tipo 2 Tipo 3 Tipo 4 Cada vez
Tope Máximo (**)
Item
Tipificación
Tipo de multa
Fija
61 No efectuar el registro de los Usuarios No Domésticos.
(*) Tipo de EPS: Para su determinación se considerará los criterios establecidos en los artículos 33 y 33-A del presente Reglamento. (**) Tope Máximo: Para su determinación se considerará los criterios establecidos en los artículos 33 y 33-A del presente Reglamento.
El Peruano / Domingo 13 de setiembre de 2015
Nota: MULTA AD-HOC
Donde:
B : Es el beneficio ilícito, que incluye los conceptos de ingreso ilícito, costo evitado y costo postergado. P : Es la probabilidad de detección y sanción, el cual puede tomar los valores siguientes:
Nivel de probabilidad
P
NORMAS LEGALES
Alta
1
Media
0.5
Baja
0.1
- El nivel de probabilidad "Alta" aplica para los casos donde la EPS reporte la infracción a la SUNASS o cuando la infracción se detecte mediante la información remitida periódicamente por ésta. - El nivel de probabilidad "Media" aplica para los casos en los que el incumplimiento sea detectado por la SUNASS vía reporte y/o denuncia de los usuarios o terceros. - El nivel de probabilidad "Baja" aplica para los casos en que el incumplimiento sea detectado a través de las actividades de supervisión llevadas a cabo por la SUNASS.
F : Factor de atenuantes y agravantes, cuyos componentes se presentan en la Tabla N° 4.2 del presente anexo. Este factor se aplica a las multas Variables y Ad-hoc.
Fija
62 No mantener actualizado el Registro de Usuarios No Domésticos.
Cada vez
0.24
2.80
3.79
9.17
-
561427