Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2016 (20/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Técnico de 2da. FAP NSA: S-60738493 Empleada Civil FAP NSA: C-71347907 Empleada Civil FAP NSA: C-71424110 ORLANDO VALENCIA MALDONADO DNI: 09221031 CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA DNI: 45555238 MELISSA XIMENA CABANILLAS SOSA DNI: 45648824

NORMAS LEGALES
Mecánico Abordo Hostess Hostess

Miércoles 20 de abril de 2016 /

El Peruano

Artículo 2º.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la tripulación principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 440.00 x 04 días x 11 personas = US $ 19,360.00 Total a Pagar = US $ 19,360.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1370086-1

finalidad de participar en el "III Congreso Internacional sobre Derecho Militar", organizado por el Fuero Militar Policial y la Sociedad Internacional de Derecho Militar y Derecho de la Guerra, a realizarse en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Presidencia del Fuero Militar Policial; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de Canadá, uno (01) de los Estados Unidos de América, uno (01) de la República Helénica y uno (01) de los Países Bajos, del 20 al 22 de abril de 2016, con la finalidad de participar en el "III Congreso Internacional sobre Derecho Militar", organizado por el Fuero Militar Policial y la Sociedad Internacional de Derecho Militar y Derecho de la Guerra, a realizarse en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa

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Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Canadá, EE.UU., República Helénica, Países Bajos, Chile, México y Colombia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 388-2016-DE/SG Lima, 19 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 176 del 9 de marzo de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de Canadá, de los Estados Unidos de América, de la República Helénica y de los Países Bajos, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 111-2016-FMP/P, del 15 de marzo de 2016, el Presidente del Fuero Militar Policial, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de Canadá, de los Estados Unidos de América, de la República Helénica y de los Países Bajos, sin armas de guerra; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 20 al 22 de abril de 2016, con la

Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209.

1369759-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 389-2016-DE/SG Lima, 19 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 190 del 15 de marzo de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 145-2016-FMP/P, del 17 de marzo de 2016, el Presidente del Fuero Militar Policial, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 20 al 24 de abril de 2016, con la finalidad de participar en el "III Congreso Internacional sobre Derecho Militar", organizado por el Fuero Militar Policial y la Sociedad Internacional de Derecho Militar y Derecho de la Guerra, a realizarse en la ciudad de Lima;

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