Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2016 (20/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Miércoles 20 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) del año 2016, los cuales disponen en el artículo 6 que las municipalidades deben cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del referido Programa; Que, conforme al numeral 8.3 del artículo 8 de los procedimientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, corresponde una evaluación del cumplimiento de las treinta y un metas establecidas para el 31 de diciembre del año 2015; Que, el numeral 8.2 de los procedimientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 400-2015-EF establece que las municipalidades podrán presentar a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas observaciones a los referidos resultados en los plazos y mecanismos que dicha Dirección General establezca. Las observaciones serán analizadas por las entidades responsables de la evaluación de las metas, sus resultados serán informados a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas en los plazos que esta dirección indique, y se procederá a la consolidación, aprobación y publicación de resultados complementarios que modifiquen la evaluación señalada en el numeral 8.1, sujetándose a la misma formalidad de aprobación antes mencionada; Que, conforme a la Resolución Directoral Nº 0052015-EF/50.01, modificada mediante Resolución Directoral Nº 018-2015-EF/50.01, norma que aprobó los Instructivos para el cumplimiento de las metas para el año 2015 en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, correspondientes a las metas 17 a 47 establecidas en el Anexo Nº 04 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EF y modificatoria; la evaluación del cumplimiento de las metas será realizada por determinadas entidades públicas sobre la base de la información suministrada por las municipalidades; Que, de acuerdo a los citados instructivos, para la meta Nº 17 se considera la información remitida a la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior (MININTER); para la meta Nº 18 se considera la información remitida a la Dirección Nacional de Recreación y Promoción del Deporte del Instituto Peruano del Deporte (IPD); para la meta Nº 19 se considera la información remitida a la Oficina de Infraestructura del Instituto Peruano del Deporte (IPD); para las metas Nº 20, 36 y 43 se considera la información remitida a la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP); para las metas Nº 21, 30, 34 y 46 se considera la información registrada por las municipalidades en el Sistema de Información de Obras Públicas a cargo de la Contraloría General de la República (CGR) al 31 de diciembre de 2015; para las metas Nº 23 y 32, la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) considera la información registrada por las municipalidades en el Aplicativo Informático a su cargo y en el Sistema Integrado de Administración Financiera ­ SIAF al 31 de diciembre de 2015; para la meta Nº 24 se considera la información remitida a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM); para las metas Nº 25, 26 y 33 se considera la verificación in situ y la información remitida al Consejo Nacional de la Competitividad del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); para la meta Nº 27 se considera la información registrada por las municipalidades en el Aplicativo Informático a cargo del Ministerio de Cultura al 31 de diciembre de 2015, y la información remitida a la Dirección del Libro y la Lectura de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura (CULTURA); para la meta Nº 28 se considera la información remitida a la Dirección Nacional de Capacitación y Técnica Deportiva del Instituto Peruano del Deporte (IPD); para la meta Nº 29 se considera la información remitida a la Oficina de Presupuesto y Planificación del Instituto Peruano del Deporte (IPD); para la meta Nº 37 se considera la información remitida a la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente (MINAM); para las metas Nº 38 y 44 se considera la información remitida a la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio

de Salud (MINSA); para las metas Nº 39 y 45 se considera la información registrada por las municipalidades en el Aplicativo Informático a cargo de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud (MINSA); para la meta Nº 40 se considera la información remitida al Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS); y finalmente, para las metas Nº 22, 31, 35, 41, 42 y 47 la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) considera la información registrada por las municipalidades en el Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF al 31 de diciembre de 2015; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público ha determinado una relación complementaria de municipalidades que han cumplido la meta Nº 21 y 30 "Actualización y registro de las obras en ejecución en el Sistema de Información de Obras Públicas-INFObras", meta Nº 29 "Elaboración de un perfil de proyecto viable de mejoramiento y/o ampliación de infraestructura deportiva municipal", meta Nº 32 "Incremento de la recaudación predial respecto a lo recaudado al 31 de diciembre del 2014 en un porcentaje señalado en el instructivo y registro de información en aplicativo", meta Nº 33 "Publicar en la página web de la Municipalidad la relación de establecimientos que cuentan con certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil-ITSDC o de Seguridad en EdificacionesITSE vigente dentro de su jurisdicción y la relación de establecimientos fiscalizados de acuerdo a Ley", meta Nº 34 "Actualización y registro de las obras en ejecución en el Sistema de Información de Obras PúblicasINFObras", meta Nº 36 "Fortalecimiento de condiciones para una atención de calidad en la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente­DEMUNA", meta Nº 37 "Implementar la Disposición Final Segura de Residuos Sólidos recolectados por el servicio municipal de limpieza pública", meta Nº 40 "Funcionamiento del Área Técnica Municipal para la gestión de los servicios de agua y saneamiento y recolección de información", meta Nº 43 "Atención de calidad en la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente­DEMUNA", meta Nº 44 "Fortalecimiento del Centro de Promoción y Vigilancia Comunal del Cuidado Integral de la Madre y el Niño, planificación y programación PAN", y meta Nº 46 "Capacitación y acceso para el registro de las obras en ejecución en el Sistema de Información de Obras Públicas­INFObras", sobre la base del análisis de la información complementaria remitida por las dependencias competentes; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2016EF/50.01 se aprobaron los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondientes al 31 de diciembre de 2015; Que, a la fecha se cuenta con información complementaria que amplía los referidos resultados, por lo que es necesario aprobar resultados complementarios de la evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondientes al 31 de diciembre de 2015, conforme a lo establecido en el numeral 8.2 del artículo 8 de los procedimientos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 400-2015-EF; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y el artículo 8 de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del referido Programa, aprobado por Decreto Supremo Nº 400-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Modificar el anexo de la Resolución Directoral Nº 007-2016-EF/50.01, incorporando resultados complementarios a la evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la

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