Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2016 (20/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de abril de 2016 /

El Peruano

presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. En el mismo plazo deberá realizar la rendición de cuentas respectiva. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1369765-3

modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43, y modificada mediante Resolución Ministerial N° 102-2015-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Enzo Fabrizio Defilippi Angeldonis, Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, del 24 al 28 de abril de 2016, a la ciudad de París, República Francesa, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos Viáticos (2 + 1 día) : US $ : US $ 3,925.01 1,620.00

Autorizan viaje del Viceministro de Economía a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 126-2016-EF/43 Lima, 19 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación electrónica de fecha 1 de abril de 2016, la División de Inversiones de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas para participar en la Reunión del "Advisory Task Force on the OECD Codes of Liberalisation", a llevarse a cabo en la ciudad de París, República Francesa, el día 27 de abril de 2016; Que, asimismo se han programado reuniones de interés el día 26 de abril de 2016, con el Jefe de la Unidad para América Latina y el Caribe del Secretariado de Relaciones Globales, correspondiente al pedido del Perú para ser copresidente del Programa Regional de la OECD para América Latina y el Caribe; Que, el objetivo del referido evento es evaluar la adopción y aplicación de los códigos de liberalización en los países miembros y otros países adherentes de la OCDE; asimismo, se tiene que la adopción y aplicación de los códigos de liberalización forma parte de las actividades contenidas en el Programa País y que se constituyen como uno de los requisitos que la OCDE solicita durante los procesos de acceso a la organización, por lo cual resulta importante la participación del Ministerio de Economía y Finanzas en las actividades de la Reunión del "Advisory Task Force on the OECD Codes of Liberalisation"; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Enzo Fabrizio Defilippi Angeldonis, Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, dada la búsqueda de implementar las reformas necesarias para el acercamiento a los estándares adoptados en la comunidad multilateral y de reconocimiento como un país amigable para las inversiones extranjeras; Que, el literal e) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, dispone que los viajes que se efectúen en el marco del cumplimiento de las actividades relacionadas con la participación y acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1370083-1

Modifican anexo de la R.D. Nº 007-2016EF/50.01, incorporando resultados complementarios a la evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondientes al 31 de diciembre de 2015
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 011-2016-EF/50.01 Lima, 18 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29332 y modificatorias, se creó el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, el cual tiene por objetivos: i) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los mismos; ii) Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto; iii) Reducir la desnutrición crónica infantil en el país; iv) Simplificar trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local; v) Mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los gobiernos locales en el marco de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, vi) Prevenir riesgos de desastres; Que, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015-EF se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de

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