Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2016 (03/08/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

595858

NORMAS LEGALES

Miércoles 3 de agosto de 2016 /

El Peruano

disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa HELINKA S.A.C., la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Agrícola, Defensa y Protección a la Fauna, Fotografía, Prospección, Publicidad, Carga Externa, Inspección y Vigilancia, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 19 de mayo del 2016, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 127-2012-MTC/12 del 12 de abril del 2012. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa HELINKA S.A.C. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad técnica. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Agrícola, Defensa y Protección a la Fauna, Fotografía, Prospección, Publicidad, Carga Externa, Inspección y Vigilancia. MATERIAL AERONÁUTICO: - Bell 206-B3 - Allouette III SA 316B - Lama SA-315-B - S61N / S61L - Mi-171 - AS 350 B3 / AS 350 B2 - SE 3160 - Kamov KA-32A11BC - Mi-8T - BK 117-B2 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: Amazonas - Chachapoyas, Ciro Alegría. DEPARTAMENTO: Apurímac - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: Arequipa - Arequipa, Orcopampa. DEPARTAMENTO: Ayacucho - Palmpampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTO: Cajamarca - Cajamarca, Jaén. DEPARTAMENTO: Cusco - Cusco, Kiteni, Kiriguetti, Las Malvinas, Patria, Tangoshiari, Timpia, Yauri. DEPARTAMENTO: Huánuco - Huánuco, Pueblo Libre de Codo, Tingo María DEPARTAMENTO: Ica - Las Dunas, Nasca ­ María Reiche Neuman, Pisco. DEPARTAMENTO: Junín - Cutivireni, Jauja, Los Misioneros, Mazamari. DEPARTAMENTO: La Libertad - Chagual, Huamachuco, Pata de Gallo, Pías, Trujillo, Tulpo, Urpay. DEPARTAMENTO: Lambayeque - Chiclayo.

DEPARTAMENTO: Lima - Callao - Internacional Jorge Chávez, Helipuerto Elevado del Hotel Los Delfines, Lib Mandi Metropolitano. DEPARTAMENTO: Loreto - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, El Estrecho, Iquitos, Orellana, Pampa Hermosa, Requena, San Lorenzo, Trompeteros / Corrientes, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: Madre de Dios - Iñapari, Puerto Maldonado. DEPARTAMENTO: Moquegua - Ilo. DEPARTAMENTO: Pasco - Ciudad Constitución. DEPARTAMENTO: Piura - Piura, Talara. DEPARTAMENTO: Puno - Juliaca, San Rafael. DEPARTAMENTO: San Martín - Juanjuí, Palmas del Espino, Rioja, Saposoa, Tarapoto, Tocache. DEPARTAMENTO: Tacna - Tacna. DEPARTAMENTO: Tumbes - Tumbes. DEPARTAMENTO: Ucayali - Atalaya, Breu, Culina, Paititi, Pucallpa, Puerto Esperanza, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. SUB-BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Cusco. - Aeropuerto de Chiclayo. - Aeropuerto de Pucallpa. - Aeropuerto de Tarapoto. - Aeropuerto de Ayacucho. - Aeropuerto de Arequipa. - Aeropuerto de Iquitos. - Aeropuerto de Nasca / Maria Reiche Neuman. - Helipuerto de Superficie "Maria Reiche". - Helipuerto de Superficie "Helinka". Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa HELINKA S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matrícula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Público de Aeronaves de la Oficina Registral de Lima y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- La empresa HELINKA S.A.C. está obligada a presentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los informes y datos estadísticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- La empresa HELINKA S.A.C. está obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fin de mantener la información sobre el tráfico aéreo que realizan sus aeronaves. Artículo 5º.- La empresa HELINKA S.A.C. empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y certificación de aptitud expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 6º.- La empresa HELINKA S.A.C. podrá hacer uso de las instalaciones de los helipuertos,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.