Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2016 (12/08/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

596614

NORMAS LEGALES

Viernes 12 de agosto de 2016 /

El Peruano

Vista la solicitud de la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ, sobre Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ cuenta con el Certificado de Explotador Nº 009 ­ Revisión 01 expedido el 20 de enero del 2014 bajo las Regulaciones Aeronáuticas del Perú ­ RAP 121NE; Que, mediante Resolución Directoral Nº 220-2012MTC/12 del 11 de julio del 2012 publicada en el diario oficial El Peruano el 21 de julio del 2012, se otorgó a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ, la Renovación y Modificación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro años contados a partir del 17 de julio del 2012 vigente hasta el 17 de julio del 2016; Que, mediante Documento de Registro Nº T-1269472016 del 06 de mayo del 2016 y Documento de Registro Nº E-157641-2016 del 08 de junio del 2016 la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ solicitó la Renovación del Permiso de Operación antes señalado bajo las mismas condiciones establecidas; Que, según los términos del Memorando Nº 11602016-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 085-2016-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 0782016-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 266-2016MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ, la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 18 de julio del 2016, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 220-2012-MTC/12 del 11 de julio del 2012. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones Técnicas de Operación, con

arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico ­ financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Airbus A-319. - Airbus A-320. - Airbus A-321. - Embraer E-190 RUTAS Y FRECUENCIAS: - Lima - Tumbes - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Talara - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Piura - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Chiclayo - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Trujillo - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Ayacucho - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Arequipa - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Arequipa - Juliaca ­ Arequipa - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Arequipa - Cuzco ­ Arequipa - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Tacna - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Juliaca - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Ilo - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Cuzco - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima ­ Puerto Maldonado - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Rioja - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Tarapoto - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Moyobamba - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Iquitos - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Yurimaguas - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Pucallpa - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima - Cajamarca ­ Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima ­ Cusco ­ Puerto Maldonado ­ Cusco ­ Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales (*) - Lima ­ Cusco ­ Juliaca ­ Cusco - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. - Lima­Chiclayo ­ Tarapoto ­ Chiclayo - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales (*) - Lima - Chiclayo ­ Piura ­ Chiclayo - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales (*) - Lima - Trujillo ­ Piura ­ Trujillo - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales (*) - Lima - Cusco - Arequipa - Cusco - Puerto Maldonado - Cusco - Lima, dos (02) frecuencias mínimas semanales. (*) Pudiendo omitir uno de los puntos considerados en las rutas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.