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597534 NORMAS LEGALES Jueves 25 de agosto de 2016 / El Peruano instituciones internacionales vinculadas a la gestión de la Contraloría General de la República; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fi nes institucionales autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señora Sara Vila Córdova, para participar en el evento antes mencionado; profesional del Departamento de Cooperación Técnica, especialista capacitada por la Iniciativa para el Desarrollo de la INTOSAI (IDI) en la herramienta denominada “Marco de Medición del Desempeño de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (MMD – EFS)” e integrante del equipo que viene efectuando la evaluación entre pares a la EFS de Honduras para la implementación de la citada herramienta MMD – EFS; Que, los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán fi nanciados con los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, conforme a lo informado por la Gerencia Central de Administración; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Ley N° 30372; Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señora Sara Vila Córdova, profesional del Departamento de Cooperación Técnica, a la ciudad de Arusha, Tanzania, del 26 de agosto al 02 de setiembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán fi nanciados con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, según el detalle siguiente: pasajes US$ 2 440.51, viáticos US$ 1 440.00.00 (03 días) y gastos de instalación US$ 960.00 (02 días). Artículo Tercero.- La citada profesional presentará al Despacho Contralor, con copia al Departamento de Cooperación Técnica, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR ALARCÓN TEJADA Contralor General de la República 1420218-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Designan responsable de remitir las ofertas de empleo de la UNAAT a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA ALTOANDINA DE TARMA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 047-2016-CO-P-UNAAT Tarma, 4 de agosto de 2016 VISTO: El acuerdo de la Primera Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 03 de agosto de 2016, y;CONSIDERANDO: Que, el artículo 18” de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico y económico. Las Universidades se rigen por su propio Estatuto en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, mediante Ley N° 29652, modi fi cada por la Ley N° 30139, se creó la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, como Persona Jurídica de derecho público interno; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 093-2016-MINEDU de fecha 14 de julio de 2016, se Resuelve Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, integrada por: Dr. Edgardo Félix PALOMINO TORRES (Presidente), Dra. Elena Rafaela BENAVIDES RIVERA (Vicepresidenta Académica) y Dra. Esther ARIAS CORDOVA (Vicepresidenta de Investigación); Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 012-2004- TR, que aprueba las disposiciones reglamentarías de la Ley N° 27736, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su Programa “Red CIL Proempleo” proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con la oferta de trabajo del sector público y privado, a efectos del cumplimiento del artículo 1 ° de la Ley N° 27736, la misma que será difundida por Canal 7 y Radio y Televisión del Perú, en el horario que disponga dicha entidad; Que, el artículo 2° del precitado dispositivo legal señala que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso, con excepción de los clasi fi cados como de con fi anza, conforme a la normativa legal vigente. Asimismo, el citado artículo, establece que la designación del responsable de remitir las ofertas de empleo debe realizarse mediante Resolución del titular de la entidad y publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el artículo 69° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo N° 0042010, establece que la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo es un órgano de línea, responsable de proponer, ejecutar, dirigir y evaluar la política y la normativa en materia de intermediación laboral pública y privada. Asimismo, regula, coordina, ejecuta y supervisa la articulación de los servicios en materia de promoción del empleo y capacitación laboral; que se prestan a nivel nacional, regional y local, integrados en una Red Nacional bajo su coordinación y asistencia técnica: asumiendo las funciones del ex programa “Red CU Proempleo” a que hace referencia el Decreto Supremo N° 012-2004-TR; Que, la Única Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo N° 065- 2011-PCM de fecha 26 de julio de 2011, establece modi fi caciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), precisando que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) aprobará el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios los mismos que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, mediante el artículo 2° de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 107- 2011-SERVIR/PE de fecha 13 de setiembre de 2011, se aprobó el Modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, que incluye la obligación de las entidades públicas de publicar las convocatorias para la contratación de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 107-2015-CO-P-UNAAT, se DESIGNO al Econ. Sebastian Rolando AYALA BEAS, Director General de Administración de la Universidad, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo a que se re fi ere la Ley N° 27736 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2004-TR, del Pliego 553: Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma a la Dirección General del