Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2016 (27/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano / Sábado 27 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centro Poblado Nº 28440, Ley de Elecciones Municipales Nº26864 y el Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 011-2007-MPC; Que, el Gerente de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 382-2016-GAJ-MPC de fecha 01 de agosto de 2016, opina: que es viable convocar mediante Ordenanza a elecciones municipales para los cargos de Alcalde y Regidores del Centro Poblado Pueblo Nuevo de Conta, distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, en cumplimiento de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28440 Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados y demás disposiciones legales; Que, mediante Dictamen Nº 007-2016-CDSyH-MPC de fecha 02 de agosto del 2016, la Comisión de Desarrollo Social y Humano, sugiere, aprobar la Ordenanza que convoca a eleciones municipales para los cargos de Alcalde y Regidores del Centro Poblado Pueblo Nuevo de Conta, del distrito de Nuevo Imperial, para el día domingo 11 de diciembre del 2016, en cumplimiento con las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, Ley Nº 28440 Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados y demás disposiciones legales; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo Municipal Provincial de Cañete por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE CONVOCA A ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO "PUEBLO NUEVO DE CONTA" DEL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA Artículo 1º.- Convóquese a elecciones de Alcalde y Regidores de la Municipalidad del Centro Poblado Pueblo Nuevo de Conta, jurisdicción del distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, para el día domingo 11 de diciembre de 2016. Artículo 2º.- Las elecciones se regirán por la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados; Ordenanza Nº 011-2007-MPC que aprueba el Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancias de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, la Ley Nº 26864- Ley de Elecciones Municipales y la Ley Nº26859- Ley Orgánica de Elecciones, en cuanto fuera aplicable. Artículo 3º.- La Gerencia de Administración y Finanzas dispondrá los recursos que demande la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social y Humano, a través de la Sub Gerencia de Participación Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- Disponer a la Gerencia de Secretaria General remita la presente Ordenanza al Jurado Nacional de Elecciones, conforme al artículo 2º de la Ley Nº 28440. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1421484-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de agosto de 2016; Informe Nº498-2016-GDSyH-MPC de fecha 01 de agosto del 2016, de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano, solicita se convoque a Elecciones Municipales en el Centro Poblado Cerro Alegre, distrito de Imperial, provincia de Cañete, para el día domingo 18 de diciembre del 2016; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de las Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del artículo 200º de la Carta Magna; Que, el Artículo 132º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece el procedimiento para elección de Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de Centros Poblados se regula por la ley de la materia; Que, en el primer párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 28440 ­ Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, se establece que el Alcalde Provincial convoca a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad; Que, el primer párrafo del Artículo 4º, del Reglamento para Elecciones, Revocatoria y Vacancia de autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincial de Cañete, aprobado por la Ordenanza Nº 011-2007-MPC de fecha 21 de mayo 2007, establece que el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Ordenanza, convoca a elecciones de autoridades municipales con una anticipación no menor a 120 días naturales al acto electoral; Que, el Sub Gerente de Participación Ciudadana, mediante Informe Nº 221-2016-SGPC-GDSH-MPC de fecha 01 de agosto de 2016, señala que estando próximo el vencimiento del período edil del Alcalde del Centro Poblado Cerro Alegre del distrito de Imperial, provincia de Cañete, se convoque para el día domingo 18 de diciembre del 2016, elecciones de autoridades municipales en dicho Centro Poblado, el cual deberá realizarse conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centro Poblado Nº 28440, Ley de Elecciones Municipales Nº26864 y el Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº011-2007-MPC; Que, el Gerente de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 383-2016-GAJ-MPC de fecha 01 de agosto de 2016, opina: que es viable convocar mediante Ordenanza a elecciones municipales para los cargos de Alcalde y Regidores del Centro Poblado Cerro Alegre, distrito de Imperial, provincia de Cañete, para el día domingo 18 de diciembre del 2016, en cumplimiento de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28440 Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados y demás disposiciones legales; Que, mediante Dictamen Nº 008-2016-CDSyHMPC de fecha 09 de agosto del 2016, la Comisión de Desarrollo Social y Humano, sugiere, aprobar la Ordenanza que convoca a eleciones municipales para los cargos de Alcalde y Regidores del Centro Poblado "Cerro Alegre", del distrito de Imperial, para el día domingo 18 de diciembre del 2016, en cumplimiento con las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, Ley Nº28440 Ley de Elecciones de

Convocan a elecciones de Alcalde y Regidores de la Municipalidad del Centro Poblado Cerro Alegre, para el día domingo 18 de diciembre de 2016
ORDENANZA Nº 032-2016-MPC Cañete, 15 de agosto de 2016

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