Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2016 (27/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Sábado 27 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, el artículo Nº 37º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades señala: "Los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a ley". Que, la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, establece el marco legal de los actos de ejecución coactiva, que ejercen las entidades de la Administración Pública Nacional en virtud de las facultades otorgadas por las leyes de sus materias específicas. Asimismo, constituye el marco legal que garantiza a los obligados el desarrollo de un debido procedimiento coactivo; Que, el artículo Nº 1º de la Ley Nº 27204 - Ley que precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza, señala; "Precisase que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza". Que, el artículo 76º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, establece: "las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores dentro de la Carrera Administrativa son: designación, rotación, reasignación, destaque, permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia". Consecuentemente el artículo 82º señala: "El encargo es temporal excepcional y fundamentado. Solo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatibles con los niveles de carrera superiores al del servidor En ningún caso debe exceder el periodo presupuestal". Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 525-2015ALC/MLV de fecha 11 de Agosto del 2015, se resuelve prorrogar la encargatura del Abog. Atilio Gamaniel II Olano Guerrero, como Ejecutor Coactivo de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva, dependiente de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria de la Entidad, en tanto dure el Proceso Administrativo Sancionador instaurado en contra del Abog. Joel Iturrizaga Quezada y/o de ser el caso hasta la designación de un Ejecutor Coactivo. Que, mediante Memorándum Nº 117-2016-GSAT/ MDLV, de fecha 15 de Abril del 2016, el Gerente de Servicios de Administración Tributaria, hace de conocimiento que su Despacho, en coordinación con la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva, han visto por conveniente en atención a las necesidades del servicio, requerir lo siguiente: · Se designe al Auxiliar Coactivo Abog. Atilio Gamaniel II Olano Guerrero como Ejecutor Coactivo encargado asignado a la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la GSAT. · Se revoque la encargatura como Ejecutora Coactiva encargada de la Abog. Gudelia María Asalde Domínguez y sea reasignada como Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Fiscalización y Control. Que, mediante Informe Nº 695-2016-SGRH/ MLV de fecha 29 de Abril del 2016, el Sub Gerente de Recursos Humanos, indica que la Abog. Gudelia María Asalde Domínguez ocupa la plaza CAP ­ PAP Nº 118 y 180 respectivamente de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva, dependiente de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, no procediendo la designación a otro cargo ni Unidad orgánica diferente a la que fue designada; por lo que cabe como opción la rotación o encargatura mediante Resolución de Alcaldía, para cumplir funciones afines, conservando su cargo y plaza, toda vez que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29679, no existe impedimento para que el cargo de Ejecutor Coactivo puede ser encargado temporalmente el Auxiliar Coactivo, siempre que éste haya ingresado mediante Concurso Público y que haya cumplido con los requisitos señalados en la Ley Nº 29679; Que, en ese orden de ideas, la figura de la rotación, consiste en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según el nivel de carrera

y grupo ocupacional alcanzados. Se efectúa por decisión de la autoridad administrativa cuando es dentro del lugar habitual de trabajo o con el consentimiento del interesado; Asimismo, cabe precisar que es procedente la rotación de un Auxiliar Coactivo, conforme lo señala el artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, por lo que es factible lo siguiente: · La rotación de la Auxiliar Coactiva Abog. Gudelia María Asalde Domínguez a la Gerencia de Fiscalización y Control, para que cumpla los mismos fines y funciones de Auxiliar Coactivo, conservando su cargo y plaza de origen. · Encargatura del Abogado Atilio Gamaliel II Olano Guerrero, como Ejecutor Coactivo de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva , dependiente de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de municipalidades y con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Fiscalización y Control, Gerencia de Administración y Finanzas y Sub Gerencia de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ROTAR; a partir de la fecha a la Auxiliar Coactivo, GUDELIA MARÍA ASALDE DOMÍNGUEZ, para que ocupe el cargo de Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Distrital de La Victoria, para cumplir funciones afines, conservando su cargo y plaza de origen, hasta que dure la designación de un nuevo Auxiliar Coactivo. Artículo Segundo.- PRORROGAR; la encargatura del Abogado Atilio Gamaliel II Olano Guerrero, como Ejecutor Coactivo de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva , dependiente de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria de la Entidad, hasta que dure la designación de un nuevo Ejecutor Coactivo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanza, Sub. Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Fiscalización y Control, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal, la ejecución de las acciones que correspondan a sus competencias y atribuciones, a fin de garantizar el efectivo cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub. Gerencia de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1421518-1

Modifican la R.A. N° 461-2016-ALC-MLV
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 543-2016-A/MLV La Victoria, 19 de agosto del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO: El Informe Nº 083-2016-GSAT/MDLV de fecha 19 de julio del 2016 de Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Informe Nº 03-2016-SGRCGSAT/MLV de fecha 19 de julio del 2016 de Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva (e), Informe Nº 1327-2016-SGRH-GAF/MDLV de fecha 04 de agosto del 2016 de Subgerencia de Recursos Humanos y Informe Nº 459-A-2016-GAJ/MLV de fecha 08 de agosto del 2016 de Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

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