Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2016 (06/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Martes 6 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Mala a través del procedimiento de ánexión al área urbana y Asignación de Zonificación para incorporar a la zona urbana los predios ubicados en Santa Clorinda con U.C. 8-3208600-01781 ­ Área 5.1536 ha. ­ y U.C. Nº 01782 ­ Área 1.1747 ha., inscrita en la Partida Registral Nº 21179618 y Nº 21177411, respectivamente de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete, jurisdicción del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, concluye su informe que la Asociación mencionada ha seguido el procedimieto establecido en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, para la modificación del plan urbano a través del procedimiento de anexión al área urbana y asignación de zonificación; Que, mediante Informe Legal Nº 508-2016-GAJMPC de fecha 29 de septiembre del 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye: 1) Que, es factible aprobar la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, a través del procedimiento del procedimiento de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación solicitada por la Asociación de Vivienda Las Riberas de Mala, representado por doña Rosa del Pilar Santos Fundar y sus copropietarios Clara Francisca Quispe de Chumpitaz, Blas Fortunato Chumpitaz Quispe, Fortunato Chumpitaz Quispe, Gaby Elena Huapaya Avalos y Eufemia Buenaventura Chumpitaz Quispe, de las siguientes áreas de terreno: 1) Predio Santa Clorinda con U.C. 8-3208600-01781, sector Santa Clorinda Valle Mala, inscrita en la Partida Registral Nº 21179618, con un área de 5.1536 Has. de la Oficina Registral de Cañete, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima; 2) Predio Santa Clorinda con U.C. 01782, inscrita en la Partida Registral Nº 21177411, con un área de 1.1747 ha. de la Oficina Registral Cañete, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima; en mérito a lo señalado en el Informe Nº 542--2016-JVAHSGOP-GODUR-MPC, de la Sub Gerencia de Obras Privadas; Que, mediante Dictamen Nº 019-2016-CODURMPC de fecha 28 de octubre del 2016, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, sugiere: 1) Aprobar la propuesta de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, solicitada por la Asociación de Vivienda Las Riberas de Mala, representado por doña Rosa del Pilar Santos Fundar, conforme consta en el Asiento A00004 de la Partida Registral Nº 21178484 de la

Oficina Registral de Cañete, solicita Anexión al Área Urbana Y Asignación de Zonificación de las siguientes áreas de terrenos: * Predio Santa Clorinda con U.C. 8_3208600_01781 Valle de Mala inscrita en la Partida registral Nº 21179614, con un área de 5.1536 ha de la Oficina Registral Cañete, ubicado en el Distrito de Mala, Provincia de Cañete departamento de Lima; * Predio Santa Clorinda con U.C. 01782 Valle de Mala inscrita en la Partida registral Nº 21177411, con un área de 1.1747 ha de la Oficina Registral Cañete, ubicado en el Distrito de Mala, Provincia de Cañete departamento de Lima, en merito a lo señalado en el Informe Nº 592-2016-JVAHSGOP-GODUR-MPC; La zonificación propuesta es zonificación Residencial Densidad Media (R-3- R-4); Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, contando con el voto unánime; y con dispensa de la lectura y aprobación del acta; se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO DE MALA, A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN SOLICITADA POR LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS RIBERAS DE MALA Artículo 1º.- Aprobar la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, a través del Procedimiento de Anexión al Area Urbana y Asignación de Zonificación solicitada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS RIBERAS DE MALA, representado por doña Rosa del Pilar Santos Fundar y sus copropietarios: Clara Francisca Quispe de Chumpitaz, Blas Fortunato Chumpitaz Quispe, Fortunato Chumpitaz Quispe, Gaby Elena Huapaya Avalos y Eufemia Buenaventura Chumpitaz Quispe, de las siguientes áreas de terreno: 1) Predio Santa Clorinda con U.C. 8-3208600-01781, sector Santa Clorinda Valle Mala, inscrita en la Partida Registral Nº 21179618, con un área de 5.1536 Has. de la Oficina Registral de Cañete, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima; 2) Predio Santa Clorinda con U.C. 01782, inscrita en la Partida Registral Nº 21177411, con un área de 1.1747 ha. de la Oficina Registral Cañete, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima; cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente:

USOS ZONIFICACION RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA R-3 Y R-4 UNIFAMILIAR BIFAMILIAR MULTIFAMILIAR (1) CONJUNTO RESIDENCIAL

LOTE MINIMO EN (m2) 90.00-240.00 160.00-200.00 240.00-300.00 1600

FRENTE MINIMO EN (ml) 6.00 8.00-10.00 8.00 20.00

ALTURA DE EDIFICACION 3 PISOS 3(1) 4 4-5 (3)

DENSIDAD NETA (HAB/HA) 200-250 250-500 600 600

AREA LIBRE

ESTACIONAMIENTO MINIMO NO EXIGIBLE 1 CADA DOS VIVENDAS

30.00%

1 CADA DOS VIVENDAS 1 CADA DOS VIVENDAS

Artículo 2º.- Precisar que el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ.-01 y la Memoria Justificativa de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación debidamente aprobados por la Sub. Gerencia de Obras Privadas de esta Municipalidad, forman parte de la zonificación aprobada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ-01 al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Mala, aprobada en el Artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática a tráves de

la Sub Gerencia de Racionalización y Estadística e Informática, la presente Ordenanza se publique en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete, y a la Gerencia de Secretaría General en coordinación con las áreas correspondientes la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1460645-1

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