Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2016 (06/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Martes 6 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Justicia de Lima, en el plazo de 3 (tres) días hábiles de terminada la redistribución, sobre el cumplimiento de lo ordenado en la presente. Artículo Quinto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación de Informática, lleve a cabo la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución asegurando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse en la presente redistribución de expedientes, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo Sexto.- DISPONER que la redistribución se realice con asistencia de todos los Presidentes de las Salas involucradas y un representante de la oficina descentralizada de control interno, dejando constancia en acta. Artículo Séptimo.- PONER a presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General, la Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad de Servicios Judiciales, la Unidad Administrativa y de Finanzas y la Gerencia de Administración Distrital, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1460770-1

Tercero: Por oficio de vistos remitido por el señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón ­ UNIFE, pone en conocimiento a esta Presidencia la factibilidad de proporcionar un ambiente donde se realizará el pleno jurisdiccional en materia de Familia, por lo que corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por los fundamentos expuestos y de conformidad con las atribuciones conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización del PRIMER PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL EN MATERIA DE FAMILIA a desarrollarse en la Facultad de Derecho de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón ­ UNIFE los días 15 y 16 de diciembre del año en curso, de 16:00 a 19:00 horas, cuyo desarrollo estará a cargo de la Comisión de Plenos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Este. Artículo Segundo.- CONVOCAR a los Jueces Superiores y Jueces de Primera Instancia que conocen materia de Familia de acuerdo a la lista de participantes propuestos que se adjunta. Artículo Tercero.- SOLICITESE al Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial el apoyo en la organización y ejecución del Pleno Jurisdiccional. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital atienda los requerimientos logísticos y gastos de la Comisión Organizadora para llevar adelante el Pleno Jurisdiccional Distrital. Artículo Quinto.- PONER en conocimiento de la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Centro de Investigaciones Judiciales, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Comisión de Plenos Jurisdiccionales, Señores Jueces Superiores, Jueces de Primera Instancia y Jueces de Paz Letrados de la Especialidad en materia de Familia de esta Corte Superior de Justicia. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABÁS KAJATT Presidenta 1460825-1

Autorizan la realización del Primer Pleno Jurisdiccional Distrital en materia de Familia
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 837-2016-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 2 de diciembre de 2016 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 042-2016-P-CSJLE/ PJ, el Oficio N° 001-2016-COMISION-PJ-CSJLE remitido por el Presidente de la Comisión de Plenos Jurisdiccionales y el oficio N° 0237-2016-UNIFE-FD-D remitido por el señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón ­ UNIFE; y, CONSIDERANDO: Primero: La Guía Metodológica de Plenos Jurisdiccionales aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, establece en el inciso c) del numeral 6.1 del Título II que corresponde a la Presidencia de Corte, formalizar la convocatoria de Plenos Jurisdiccionales Distritales y emitir las disposiciones necesarias a fin de viabilizar su realización. Segundo: Que por oficio de vistos el Presidente de la Comisión de Magistrados de los Plenos Jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, remite su propuesta para la celebración de un Pleno Jurisdiccional Distrital en materia de Familia, con los temas relacionados a la aplicación de la nueva Ley de Violencia Familiar (Ley N° 30364) y la modificatoria del Código de los Niños y Adolescentes en cuanto al plazo en que se debe observar para la tramitación de procesos de adolescentes infractores a la ley penal con mandato de detención, el mismo se llevará con la participación de los magistrados que conocen materia de familia conforme a los artículos 6.3 y 7.2 literal d) de la Guía Metodológica de Plenos Jurisdiccionales.

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
Autorizan el funcionamiento de la Central Termoeléctrica Apumayo, ubicada en el distrito de Chaviña, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 124-2016-GRA/GG-GRDE-DREM Ayacucho, 29 de noviembre de 2016 VISTO: EI escrito con Registro Nº 02522 de ingreso a la DREMA, de fecha 04 de julio de 2014, presentado por el Representante Legal, el lng. Rafael Gabriel Neira Vargas, de la EMPRESA APUMAYO S.A.C., y el informe Técnico Nº 38-2016- GRA/GG-GRDE/DREMA/JNTT, de fecha 14 de setiembre de 2016, respecto a la Solicitud de AUTORIZACIÓN para el FUNCIONAMIENTO DE LA CENTRAL TERMOELÉCTRlCA APUMAYO, con una capacidad de 3,200 KW, ubicado en la unidad de producción Apumayo, en el Distrito Chaviña, Provincia de

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