Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2016 (15/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Jueves 15 de diciembre de 2016 /

El Peruano

son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 29664 crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componente, procesos e instrumentos de la Gestión de Riesgo de Desastres; Que, el Reglamento de la Ley del SINAGERD, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, regula las directrices para llevar a cabo el Plan Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, determinando los tipos de acciones y planes que deben llevarse a cabo; y es así como compromete a las autoridades locales para la formación de grupos de trabajo y plataforma de Defensa Civil, ello con el fin de que a través de estos órganos elaboren los planes locales de gestión de riesgos que deberán integrarse al Plan Nacional; Que, el numeral 39.1 del Artículo 39º de la norma ut supra establece: "En concordancia con el Plan Nacional del Riesgo de Desastres las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, formulan, aprueban y ejecutan, entre otros, los siguientes planes: a) Planes de Prevención y Reducción de Riesgo de Desastres, b) Planes de Preparación, c) Planes de Operaciones de Emergencia, d) Planes de Educación Comunitaria, e) Planes de Rehabilitación y f) Planes de Contingencia."; Además en su numeral 39.2 señala que: "La autoridad correspondiente convocará a las entidades privadas y a la sociedad para el desarrollo de estos instrumentos de planificación,"; Que, el Decreto Supremo Nº 400-2015-EF aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016 y los instructivos aprobados mediante Resolución Directoral Nº 003-2016-EF/50.01; Que, mediante Informe Nº 235-2016-SGGRD/GDU/ MLV, de fecha 10 de Octubre de 2016, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres formula el Plan de Preparación de La Victoria, señalando que el Ministerio de Economía y Finanzas establece el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal teniendo como finalidad promover condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local, y que establece metas para las Municipalidades Provinciales y Distritales asignando recursos cuando se verifique el cumplimiento de las mismas; siendo una de las metas a cumplir la Actualización de la Información para la Gestión de Riesgo de Desastres (meta 16), y de acuerdo al instructivo, para su cumplimiento, la primera actividad consiste en la identificación del estado actual de los instrumentos y de la inversión en Gestión del Riesgo de Desastres; que en esa etapa el gobierno local ha identificado las zonas más vulnerables del Distrito ante los peligros de Sismo, Delincuencia e Incendio Urbano, desarrollando las pautas a seguir en caso de producirse desastres de gran magnitud; Que, el Plan de Preparación de La Victoria se constituye en el instrumento que establece el conjunto de acciones de planeamiento, de desarrollo de capacidades y organización de la sociedad, con el propósito de gestionar una respuesta acertada y articulada en todos los niveles del gobierno al anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz, en caso de un desastre o situación de peligro inminente; Que, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres solicita la aprobación de dicho Plan y su incorporación por Acuerdo de Concejo, a los instrumentos de Gestión Municipal, y que se permitirá el cumplimiento de la Meta 16 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondiente al 2016; Que, mediante Informe Nº 637-2016-GAJ/MDLV, de fecha 07 de Noviembre de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el Plan de Preparación de La Victoria se encuentra acorde con las normativas sobre la materia; específicamente con el Decreto Supremo Nº 400-2015-

EF que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016 y los instructivos aprobados mediante Resolución Directoral Nº 003-2016-EF/50.01, ante ello opina por la procedencia del Plan de Preparación, así como su incorporación mediante Acuerdo de Concejo, a los instrumentos de gestión municipal; Que, mediante Informe Nº 137-2016-SGPDOGPP/MLV, de fecha 10 de Noviembre de 2016, con su antecedente Informe Nº 125-2016-SGPDO-GPP/MLV, de fecha 24 de Octubre de 2016, la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Organizacional señala que el Plan de Preparación ha sido formulado considerando los marcos técnicos específicos que rigen la gestión del riesgo de desastre en el País, así como la realidad sísmica y vulnerabilidad identificada y que habiéndose emitido los informes técnico legales opina por la procedencia de la implementación de dicho Plan; Que, con Dictamen Conjunto Nº 005-2016-CDUCPPAL/MDLV, de fecha 28 de Noviembre de 2016, las Comisiones de Desarrollo Urbano, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, dictaminan recomendando al Concejo Municipal aprobar el Plan de Preparación de la Victoria, incorporándolo a los Instrumentos de Gestión Municipal; Que, en virtud de lo señalado, se requiere la aprobación del Plan de Preparación, que permita articular acciones conducentes a preparar a la población para afrontar alguna situación de desastre y atender eficazmente las consecuencias de una emergencia natural o inducida por el hombre a fin de que la comunidad, en este caso del Distrito de La Victoria, tenga una respuesta adecuada, la cual incluye capacitaciones y simulacros, contribuyendo de esta forma al fortalecimiento de la preparación para la respuesta de los ciudadanos en caso de desastres; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN LA LEY Nº 27972 ­ LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Y CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE LA FECHA; SE ACUERDA Artículo Primero.- APROBAR el "PLAN DE PREPARACION DE LA VICTORIA", el mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo de Concejo; incorporándose a los Instrumentos de Gestión Municipal de esta Corporación. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y demás áreas pertinentes, la ejecución, supervisión y monitoreo, según corresponda del Plan aprobado en el artículo primero, de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", y a Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación del mismo en la página web institucional.www. munilavictoria.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1463668-1

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Autorizan la realización de Matrimonios Civiles Comunitarios en el año 2017 en el distrito de Magdalena del Mar
ORDENANZA Nº 047-2016-MDMM Magdalena del Mar, 24 de noviembre de 2016

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