Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2016 (16/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

606692

NORMAS LEGALES

Viernes 16 de diciembre de 2016 /

El Peruano

De conformidad con la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, el Decreto Legislativo Nº 1031, Decreto Legislativo que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado, y las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Objeto El presente dispositivo tiene como objeto ampliar el plazo de los Encargos Especiales otorgados a las empresas concesionarias de distribución de energía eléctrica del Estado al amparo del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. Artículo 2.- Plazo de los Encargos Especiales Amplíese el plazo de los Encargos Especiales otorgados a las empresas concesionarias de distribución de energía eléctrica del Estado a la que hace referencia el artículo 1 del presente dispositivo legal, hasta el 31 de diciembre del año 2018. Artículo 3.- De los Encargos Especiales En el marco de los Encargos Especiales a los que hace referencia el artículo 1 de la presente norma, las empresas concesionarias de distribución de energía eléctrica del Estado deben continuar efectuando las actividades operativas y administrativas de implementación del Fondo de Inclusión Social Energético ­ FISE, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 0212012-EM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. Artículo 4.- De los recursos para la sostenibilidad financiera de los Encargos Especiales La sostenibilidad financiera de los Encargos Especiales otorgados a las empresas concesionarias de distribución de energía eléctrica del Estado, será cubierta por el Fondo de Inclusión Social Energético ­ FISE, conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 0212012-EM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. Artículo 5.- Término de los Encargos Especiales Al término de los Encargos Especiales, el Administrador del FISE recibe todos los bienes, derechos, obligaciones, activos, pasivos y acervo documentario referido a dichos encargos, conforme a lo establecido en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 021-2012-EM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1464318-5

Otorgan autorización a favor de Genrent del Perú S.A.C. para desarrollar actividad de generación de energía eléctrica en el distrito de Punchana, provincia de Maynas y departamento de Loreto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 520-2016-MEM/DM Lima, 13 de diciembre de 2016 VISTOS: El Expediente N° 33372916 sobre solicitud de otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica en la futura Central Térmica Iquitos Nueva presentada por GENRENT DEL PERÚ S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11056579 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IV ­ Sede Iquitos, Oficina Registral de Iquitos; y, el Informe N° 616-2016-MEM/DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que, con fecha de cierre 18 de setiembre de 2013, el Ministerio de Energía y Minas, en representación del Estado Peruano, y GENRENT DEL PERÚ S.A.C. suscriben el Contrato de Concesión de reserva fría de generación del Proyecto: "Suministro de Energía para Iquitos", estableciéndose como fecha de Puesta en Operación Comercial (POC) a los treinta (30) meses contados a partir de la referida fecha de cierre; y, que para efectos del trámite de otorgamiento de autorización el proyecto se denomina Central Térmica Iquitos Nueva; Que, mediante Resolución Directoral N° 347-2015MEM/DGAAE de fecha 23 de setiembre de 2015, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Central Térmica Iquitos Nueva; Que, mediante Resolución Ministerial N° 123-2016MEM/DM de fecha 29 de marzo de 2016, se extiende la POC del proyecto "Suministro de Energía para Iquitos" por cinco (05) meses y veintinueve (29) días, es decir, hasta el 16 de setiembre de 2016; Que, GENRENT DEL PERÚ S.A.C., mediante el documento con Registro Nº 2601302 de fecha 05 de mayo de 2016, solicita el otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Térmica Iquitos Nueva ubicada en el distrito de Punchana, provincia de Maynas y departamento de Loreto, cuyas coordenadas UTM figuran en el expediente, con una potencia instalada de 78,93 MW; Que, mediante el documento con Registro N° 2626408 de fecha 25 de julio de 2016, GENRENT DEL PERÚ S.A.C. paralelamente al procedimiento de otorgamiento de autorización indicado en el considerando que antecede, solicita a la Dirección General de Electricidad la modificación de la fecha prevista para la POC del proyecto "Suministro de Energía para Iquitos" y la modificación del Anexo 3 del Contrato de Concesión de Reserva Fría de Generación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 4862016-MEM/DM de fecha 24 de noviembre de 2016 se aprueba el texto de la Minuta que contiene la Segunda Modificación del Contrato de Concesión de Reserva Fría de Generación del Proyecto "Suministro de Energía para Iquitos", en el que se establece la POC hasta el 05 de junio de 2017; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de verificar y evaluar que GENRENT DEL PERÚ S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas y los artículos 37-D y 67 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, concluye otorgar la autorización de generación de energía eléctrica de la Central Térmica Iquitos Nueva; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem AE01 del Anexo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.