Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2016 (16/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Viernes 16 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
VISTA:

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Con la resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 108-2015-MP-FN-JFS, de fecha 17 de julio de 2015, se creó el distrito fiscal de Ventanilla, y en el marco de la entrada en vigencia del Código Procesal Penal en el citado distrito, a través de la resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 046-2016-MP-FN-JFS, de fecha 12 de abril de 2016, se aprobó la propuesta del diseño organizacional de los despachos fiscales, creándose entre otras, la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Fiscalía Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas y Primera y Segunda Fiscalías Superiores Penal de Ventanilla; Por lo expuesto corresponde designar a la Fiscalía Provincial Especializada que se encargará de conocer los casos no complejos de delitos de lavado de activos y pérdida de dominio, así como la Fiscalía Superior que conocerá en grado las investigaciones por dicho delito; Por lo que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas y Segunda Fiscalía Superior Penal del distrito fiscal de Ventanilla, respectivamente, para que conozcan en adición a sus funciones, según corresponda, las investigaciones no complejas por delito de lavado de activos y perdida de dominio, que se hacen referencia en la resolución de la Fiscalía de la Nación N° 737-2015-MP-FN, de fecha 4 de marzo de 2015, que se generen en el distrito fiscal de Ventanilla. Artículo Segundo.- Disponer que las carpetas fiscales que se encuentren en etapa de investigación preliminar, anteriores a la fecha de publicación de la presente resolución, por delito de lavado de activo y pérdida de dominio se deriven a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, para lo cual el presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Ventanilla deberá adoptar las medidas que correspondan. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los fiscales superiores nacionales coordinadores de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Ventanilla, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, Secretaría Técnica del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1463475-1

La solicitud presentada por el Banco Financiero del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) oficina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N" 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Financiero del Perú la apertura de una (01) oficina especial, según el siguiente detalle:
N° 1 Nombre de Agencia Carsa Jaén Tipo de Dirección Distrito Provincia Agencia Oficina Especial Av. Mesones Muro N° Jaén 181 Jaén Departamento Cajamarca

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1463621-1

Dejan sin efecto resoluciones mediante las cuales se autorizó la actuación de Representantes en el Perú de The Bank of Tokyo - Mitsubishi UFJ, Ltd.
RESOLUCIÓN SBS Nº 6390-2016 Lima, 7 de diciembre de 2016 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud recibida con fecha 13 de octubre de 2016, para que esta Superintendencia deje sin efecto las autorizaciones otorgadas a los señores Hideaki Yamashita y Masahiro Masuda para actuar como Representantes en el Perú de The Bank of Tokyo ­ Mitsubishi UFJ, Ltd; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones SBS N° 55922012 de fecha 08 de agosto de 2012 y N° 1311-2014 de fecha 28 de febrero de 2014, se autorizaron respectivamente a los señores Hideaki Yamashita (identificado con Pasaporte Japonés N° TZ0717146) y Masahiro Masuda (identificado con Pasaporte Japonés N° TZ0402152) para actuar como Representantes en el Perú de The Bank of Tokyo ­ Mitsubishi UFJ, Ltd. (en adelante, el Banco), entidad bancaria constituida de acuerdo con las leyes de Japón. Que, mediante Resolución SBS N° 5307-2016 de fecha 05 de octubre de 2016, se autorizó al señor Masayoshi Ogawa (identificado con Pasaporte Japonés N° TZ1082683) a actuar como Representante en el Perú del Banco; Que, mediante carta recibida el 13 de octubre de 2016, el señor Masayoshi Ogawa solicita a esta

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Financiero del Perú la apertura de oficina especial en el departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN SBS Nº 6163-2016 Lima, 24 de noviembre de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA

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