Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2016 (16/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Viernes 16 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

606721

cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 5.2.1 del Reglamento para la autenticación de copias de documentos institucionales o certificación de reproducciones de documentos electrónicos institucionales emitidos por los funcionarios, directivos o por los sistemas informáticos de la SUNAT, o que obran en custodia de los archivos oficiales de la SUNAT para su empleo en trámites y procedimientos fuera de la Institución, aprobado por Resolución de Gerencia de Administración Documentaria y Archivo N.º 001-2016-SUNAT/1M2000, establece que los Intendentes, Jefes de Oficina y demás jefes de órganos son responsables de proponer a los trabajadores que consideren necesarios para cumplir las labores de fedatario institucional en las unidades organizacionales a su cargo; Que en mérito a los Informes N.° 009-2016-SUNAT/6F0000 y N.° 012-2016-SUNAT/6F0000 se ha estimado conveniente proceder a designar a los trabajadores Pilar Concepción De La Cruz Mori, Jaime Manuel Romero Flores, Baruc Rafael Manrique Quenaya, Rómulo Augusto Anco Gutiérrez, Paola Teresa Zeballos Alban, Ariana Luisa Vásquez Valencia, Dulio Leonidas Solórzano Tapia, Erika Silvana Soto Villagra, Lusgayda Ilusión Triviños Pineda, Silda Valdez Velazco, Litzy Gilda La Torre Garnica y Liliana Mercedes Gamero Troncoso, quienes ejercerán la función de fedatarios institucionales titulares y alternos en la citada Intendencia; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como fedatarios institucionales de la Intendencia Regional Arequipa a los siguientes servidores: Fedatarios Institucionales Titulares - PILAR CONCEPCION DE LA CRUZ MORI - JAIME MANUEL ROMERO FLORES - BARUC RAFAEL MANRIQUE QUENAYA - ROMULO AUGUSTO ANCO GUTIERREZ - PAOLA TERESA ZEBALLOS ALBAN Fedatarios Institucionales Alternos - ARIANA LUISA VASQUEZ VALENCIA - DULIO LEONIDAS SOLORZANO TAPIA - ERIKA SILVANA SOTO VILLAGRA - LUSGAYDA ILUSION TRIVIÑOS PINEDA - SILDA VALDEZ VELAZCO - LITZY GILDA LA TORRE GARNICA - LILIANA MERCEDES GAMERO TRONCOSO Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1463709-1

cual se propone la designación de fedatario institucional en la unidad organizacional a su cargo; CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 5.2.1 del Reglamento para la autenticación de copias de documentos institucionales o certificación de reproducciones de documentos electrónicos institucionales emitidos por los funcionarios, directivos o por los sistemas informáticos de la SUNAT, o que obran en custodia de los archivos oficiales de la SUNAT para su empleo en trámites y procedimientos fuera de la Institución, aprobado por Resolución de Gerencia de Administración Documentaria y Archivo N.° 001-2016-SUNAT/1M2000, establece que los Intendentes, Jefes de Oficina y demás jefes de órganos son responsables de proponer a los trabajadores que consideren necesarios para cumplir las labores de fedatario institucional en las unidades organizacionales a su cargo; Que en mérito al Informe Técnico N.° 001-2016-SUNAT/6I0000 se ha estimado conveniente proceder a designar al trabajador Julio Arturo Renteria Rondoy, quien ejercerá la función de fedatario institucional titular en la Intendencia Regional Piura; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al trabajador Julio Arturo Renteria Rondoy como fedatario institucional titular de la Intendencia Regional Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1463709-2

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dejan sin efecto y dan por concluida designaciones, incorporan y reasignan magistrados en diversos Juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1986-2016-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 15 de diciembre de 2016 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 334-2010-CEPJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; la Resolución Nº 469-2016-CNM, expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura; y, las Resoluciones Administrativas Nº 002-2016, Nº 1064-2016 y N° 1483-2016-P-CSJLIMASUR/PJ, expedidas por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia.

Designan Fedatario Institucional Titular de la Intendencia Regional Piura
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 114-2016-SUNAT/800000 Lima, 14 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe Técnico N.° 001-2016-SUNAT/6I0000 emitido por la Intendencia Regional Piura, mediante el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.