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607023 NORMAS LEGALES Lunes 19 de diciembre de 2016 El Peruano / G 20 Negar el conducto regular o impedir el trámite de un reclamo o petición amparado en la normatividad vigente. De 4 a 10 días de sanción de rigor G 21 Ocultar, omitir o alterar información en documentos relacionados con el desempeño de la función, que cause perjuicios al servicio. De 4 a 10 días de sanción de rigor G 22 Infl uir o valerse de infl uencias para que los órganos de administración de personal omitan en forma parcial o total, el cumplimiento de sus deberes en benefi cio propio o de terceros. De 4 a 10 días de sanción de rigor G 23 Reincorporarse sin causa justifi cada a la Dirección Ejecutiva de Personal de la Policía Nacional del Perú o la que haga sus veces, hasta 2 días después de haber cumplido una sanción disciplinaria de pase a la situación de disponibilidad. De 6 a 10 días de sanción de rigor G 24 Ocasionar accidente de tránsito con vehículo policial, sin estar autorizado para su manejo o con vehículo particular sin poseer licencia de conducir. De 6 a 10 días de sanción de rigor G 25 Utilizar o manipular medios técnicos, informáticos, imágenes, sonidos u otros de propiedad o uso exclusivo de la Policía Nacional del Perú en benefi cio propio o de terceros. De 6 a 10 días de sanción de rigor G 26 Faltar de 2 a 5 días consecutivos a su Unidad o no presentarse por igual plazo al término de sus vacaciones, permisos, comisiones, licencias, sin causa justifi cada. De 6 a 10 días de sanción de rigor G 27 Ingerir bebidas alcohólicas en unidades policiales o extra institucionales donde labora el personal policial; salvo en este último caso, que responda a situaciones protocolares. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 28 Incumplir directivas, reglamentos, guías de procedimientos y protocolos reguladas por la normatividad vigente, causando grave perjuicio a los bienes jurídicos contemplados en la presente ley. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 29 Presionar al subordinado para que no efectúe reclamos o peticiones cuando le asiste este derecho o incitarlo a que interponga reclamos injustifi cados. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 30 Actuar con arbitrariedad al evaluar el desempeño del personal de la Policía Nacional del Perú. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 31 Emplear términos vejatorios o irrespetuosos en el contenido de los escritos para los trámites internos o disciplinarios. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 32 Faltar a la verdad con la intención de perjudicar o favorecer a un superior, subordinado o de igual grado. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 33 Actuar con motivo del ejercicio de su función, discriminando por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole De 11 a 15 días de sanción de rigor G 34 Formular imputaciones tendenciosas o temerarias contra cualquier miembro de la Policía Nacional del Perú. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 35 Permitir o no dar cuenta al tomar conocimiento de relaciones sexuales o actos contra el pudor entre personas que se encuentren bajo su responsabilidad o custodia. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 36 No incorporarse al servicio policial dentro de las 48 horas de declarado el estado de emergencia o estado de sitio. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 37 Hacer insinuaciones, gestos, proposiciones obscenas o usar términos de naturaleza o connotación sexual, verbales o escritos o por cualquier otro medio, que resulten ofensivos. De 11 a 15 días de sanción de rigor CONTRA EL SERVICIO POLICIAL G 38 Fracasar en el cumplimiento de la misión o incumplir la responsabilidad funcional asignada, por desidia, imprevisión o carencia de iniciativa. De 4 a 10 días de sanción de rigor G 39 Negarse a recibir denuncia de competencia policial o no registrarla en el sistema de denuncias respectivo. De 4 a 10 días de sanción de rigor G 40 Hacer uso indebido del armamento o efectuar disparos con armamento afectado o particular sin causa justifi cada, habiendo sido identifi cado como personal policial. De 6 a 10 días de sanción de rigor G 41 No incorporarse sin causa justifi cada a su unidad de destino o a la más cercana en caso de desastres naturales, grave alteración del orden interno u orden público o cuando se decrete los regímenes de excepción. De 6 a 10 días de sanción de rigor G 42 Diagnosticar, prescribir o ejecutar en el paciente tratamientos y procedimientos que no correspondan al protocolo para su problema de salud. De 6 a 10 días de sanción de rigor G 43 Valerse de infl uencias con la fi nalidad de no incorporarse a su unidad de destino o incumplir los plazos previstos para su incorporación con motivo de asignación o reasignación en el cargo; o no dar cumplimiento en los plazos legales con poner a disposición al personal a su mando cambiado de colocación. De 6 a 10 días de sanción de rigor G 44 No cumplir sus compromisos económicos al tener asignada una vivienda policial en guarnición o no entregarla al término del plazo y/o en las condiciones acordadas. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 45 Realizar acciones, operaciones o diligencias policiales no autorizadas. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 46 Establecer u otorgar privilegios o generar desventajas en la asignación o distribución de los recursos humanos, logísticos, económicos y fi nancieros. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 47 Abandonar el servicio sin motivo justifi cado. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 48 Alejarse de su puesto de servicio al cual fue asignado para realizar actividades ajenas al mismo y como consecuencia de ello se produzcan hechos delictuosos o consecuencias graves, salvo causa justifi cada. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 49 No habilitar, perder o no presentar la documentación señalada en la normatividad vigente referida a la administración de recursos asignados por el Estado. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 50 Inducir u obligar, en su condición de profesional de la salud, al personal de la Policía Nacional del Perú o familiares, a someterse a diagnósticos, procedimientos o tratamientos médicos particulares con fi nes de lucro. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 51 Coaccionar o amenazar por cualquier medio, al personal de la Policía Nacional del Perú, intimidándolo o presionándolo para que deje de cumplir con sus obligaciones. De 11 a 15 días de sanción de rigor CONTRA LA IMAGEN INSTITUCIONAL G 52 Realizar o participar en actividades que denigren la autoridad del policía o imagen institucional. De 2 a 6 días de sanción de rigor G 53 Incumplir sus obligaciones familiares alimentarias De 2 a 6 días de sanción de rigor G 54 Realizar actos indecorosos vistiendo el uniforme policial. De 4 a 10 días de sanción de rigor G 55 Alterar el orden público habiendo ingerido bebidas alcohólicas o consumido drogas ilegales. De 4 a 8 días de sanción de rigor CONTRA LA ÉTICA G 56 Agraviar al personal de la Policía Nacional del Perú que actúe como garante, al no cumplir un compromiso económico. De 11 a 15 días de sanción de rigor G 57 Ejercer la defensa legal en procedimientos administrativos, así como en procesos judiciales contra la Institución o sus representantes; salvo en causa propia o en defensa del cónyuge, hijos, padres, hermanos; o con autorización expresa del comando institucional. De 11 a 15 días de sanción de rigor