Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2016 (21/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de diciembre de 2016 /

El Peruano

N° 1246; la eliminación de requisitos; la estandarización de la codificación y numeración correlativa de los Formularios; así como, la simplificación de la información a ser consignada en ellos; Que, estando a lo anteriormente expuesto, las modificaciones que se proponen se encuentran en el marco de lo dispuesto en el artículo 36, numeral 36.3 y en el artículo 38, numeral 38.5, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, correspondiendo su aprobación por Resolución Ministerial; Con el visado de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1246, se aprueban diversas medidas de simplificación administrativa; el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo N.º 007-2011-PCM que aprueba la "Metodología de Simplificación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad"; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la eliminación de procedimiento Eliminar el Procedimiento 2.Aprobación de Proyecto de Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero, del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2010-MINAM y sus modificatorias. Artículo 2.- De la modificación del TUPA Modificar el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos ­ TUPA del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2010-MINAM, y modificado mediante Resolución Ministerial N° 273-2011-MINAM; Resolución Ministerial N° 040-2012-MINAM; Resolución Ministerial N° 224-2012-MINAM; Resolución Ministerial N° 170-2013-MINAM; Decreto Supremo N° 011-2014-MINAM; Decreto Supremo N° 007-2015-MINAM; Resolución Ministerial N° 363-2015-MINAM; Resolución Ministerial N° 316-2016-MINAM; y, Resolución Ministerial N° 319-2016-MINAM, respectivamente, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- De la precisión de los Formularios Precisar los Formularios a ser empleados durante la tramitación de los siguientes procedimientos administrativos: Procedimiento 1.- Acceso a la información pública que produzca o posea la entidad (F-01); Procedimiento 2.- Recurso de Apelación derivado de Procedimientos de Selección cuyo Valor Estimado o Referencial sea Igual o Menor a Sesenta y Cinco Unidades Impositivas Tributarias (65 UIT) (F02); Procedimiento 3.- Identificación de la autoridad competente y/o determinación de exigibilidad de certificación ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental-SEIA, aplicable a Proyectos de Inversión que no se encuentren incluidos en el Listado del Anexo II del Reglamento de la Ley del SEIA o en norma legal expresa, o cuando existieran vacíos, superposiciones o deficiencias normativas (F03); y, Procedimiento 4.- Aprobación del Informe de Procedimientos y Medios Técnicos empleados en la Neutralización y/o Destrucción de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados ­ IQBF (F-04), comprendidos en los Anexos que forman parte integrante del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio del Ambiente, indicado en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- De la eliminación de requisitos Eliminar los requisitos innecesarios en el Procedimiento 2.- Recurso de Apelación derivado de Procedimientos de Selección cuyo Valor Estimado o Referencial sea Igual o Menor a Sesenta y Cinco Unidades Impositivas Tributarias (65 UIT); y en el Procedimiento 4.- Aprobación del Informe de Procedimientos y Medios Técnicos empleados en la Neutralización y/o Destrucción de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados ­ IQBF, conforme a lo consignado en el TUPA indicado en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- De la reducción de costos administrativos Reducir los derechos de pago por reproducción correspondiente al Procedimiento 1.- Acceso a la información pública que produzca o posea la entidad; así como facilitar el lugar de pago, conforme a lo consignado en el TUPA indicado en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano; y de la Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente ­ MINAM (www.minam.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1465498-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan al/a la Director/a de Desarrollo e Inclusión Social en la Vejez de la Dirección General de Políticas y Estrategias, como representante alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial Permanente constituida mediante D.S. N° 004-2012MIMP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 297-2016-MIDIS Lima, 19 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP se aprueba el "Plan Nacional de Igualdad de Género 2012 ­ 2017" y se constituye la Comisión Multisectorial Permanente, encargada de la implementación del citado Plan. Asimismo se dispuso que dicha Comisión está integrada, entre otros, por el/la Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP, las entidades del Estado que integran la referida Comisión Multisectorial Permanente, mediante resolución de su titular, podrán designar a representantes alternos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 200-2014-MIDIS, se designó a la representante alterna del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial Permanente constituida mediante Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP; Que, se ha considerado conveniente designar al nuevo representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la citada Comisión Multisectorial; De acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo

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