Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2016 (21/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Que, por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN-PCD y su modificatoria, se aprueba la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", en la que se establecen principios, normas, procedimientos e instrumentos del Proceso de Planeamiento Estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, de aplicación para todas las entidades de la Administración Pública; Que, el artículo 48 de la acotada Directiva establece que el CEPLAN elabora el Informe Técnico de los planes estratégicos que se formulan, modifican y/o actualizan en el marco de la mencionada Directiva, el cual será emitido de manera obligatoria como requisito previo a la aprobación de los planes estratégicos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 297-2016MEM/DM, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2016-2021 del Sector Energía y Minas; Que, conforme al documento del visto, se requiere actualizar el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2016-2021 del Sector Energía y Minas, a fin de presentar la alineación de los objetivos estratégicos sectoriales con los Objetivos de la Agenda de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas ONU y las Recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, así como de considerar las prioridades señaladas por el Poder Ejecutivo; Que, asimismo mediante el Informe Técnico N° 028-2016-CEPLAN-DNCP-RQC, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, concluye que la actualización del PESEM presentada por el Ministerio de Energía y Minas cumple con la metodología de planeamiento establecida por el CEPLAN; y mediante Informe Técnico N° 022-2016-CEPLAN/DNCP-FI, concluye que el Plan Estratégico Institucional 2017-2019 del Sector Energía y Minas, cumple con lo establecido en la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico emitida por CEPLAN, por lo que recomienda su aprobación por parte del Ministerio de Energía y Minas; Con el visto bueno del Viceministro de Minas, del Viceministro de Energía, de la Secretaria General, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE:

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 262-2016-JUS Lima, 20 de diciembre de 2016 VISTOS, el Oficio N° 4789-2016-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47 establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos; Que, para tal efecto mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el literal b del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1068, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado evalúa y propone al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo, quienes son designados mediante Resolución Suprema con refrendo del Presidente del Consejo de Ministros, del Ministro de Justicia y Derechos Humanos y del Ministro del sector correspondiente; Que, el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1068, estipula que los Procuradores Públicos del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial y de los Organismos Constitucionalmente Autónomos ejercen la defensa jurídica del Estado de acuerdo a la Constitución; Que, mediante Sesión Extraordinaria del 23 de noviembre de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado, luego de la evaluación realizada acordó proponer la designación del señor abogado Erick Samuel Villaverde Sotelo, como Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por haber obtenido el puntaje más alto en la convocatoria N° 002-2016-CDJE-MINJUS; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento de la actualización del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 20162021, el mismo que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional - PEI 2017-2019 del Ministerio de Energía y Minas, el mismo que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, así como la publicación de los anexos correspondientes en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1465762-1

Artículo 1.- Designar al señor abogado Erick Samuel Villaverde Sotelo, como Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1465764-3

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