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607153 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de diciembre de 2016 El Peruano / en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al/a la Director/a de Desarrollo e Inclusión Social en la Vejez de la Dirección General de Políticas y Estrategias, como representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial Permanente constituida mediante Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP; dejando sin efecto la Resolución Ministerial N° 200-2014-MIDIS. Artículo 2.- La persona designada en el artículo precedente, debe presentar mensualmente un informe al Despacho Ministerial, dando cuenta de las acciones realizadas en el marco de su designación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1465045-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al D.L. N° 19990, a aplicarse durante el Año Fiscal 2017 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 002-2016-EF/52 Lima, 20 de diciembre de 2016CONSIDERANDO: Que, es necesario garantizar la distribución de los recursos públicos por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, mediante la aprobación de un Cronograma de Pagos formulado sobre la base de los ingresos efectivos provenientes de la recaudación durante el proceso de ejecución presupuestal y fi nanciera del Año Fiscal 2017; Que, del mismo modo resulta pertinente incluir como parte del citado Cronograma a los pensionistas comprendidos en el régimen del Decreto Ley N° 19990, a cargo de la O fi cina de Normalización Previsional, de acuerdo con la información remitida para el efecto por dicho organismo mediante el O fi cio N° 526-2016-GG/ ONP; Que, es necesario establecer que el citado Cronograma es aplicable a los pagos que por los indicados conceptos se realicen con cargo a Recursos Ordinarios y otras fuentes de fi nanciamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Director General de Administración o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora es responsable de la adopción de las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el respectivo fi nanciamiento, así como para un e fi ciente y oportuno proceso de elaboración de las respectivas planillas de pago, que garantice su adecuado cumplimiento; Que, la aprobación del mencionado Cronograma de Pagos contribuirá a una mayor efectividad en el cumplimiento de este tipo de obligaciones del Estado, por parte de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, así como a una mejor atención en este aspecto a los trabajadores y pensionistas del Sector Público; De conformidad con los incisos a) y c) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por el Decreto Supremo N° 117-2014-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Apruébese el Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, fi nanciadas con cargo al presupuesto institucional de la O fi cina de Normalización Previsional, a aplicarse durante el Año Fiscal 2017, el mismo que en los siguientes Anexos forma parte de la presente Resolución Viceministerial: - Anexo N° 01: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Remuneraciones - Año Fiscal 2017, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. - Anexo N° 02: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 20530) - Año Fiscal 2017, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. - Anexo N° 03: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 19990) - Año Fiscal 2017, a cargo de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP). El Cronograma del Anexo N° 01 incluye los pagos de carácter periódico y no remunerativo tales como: Contrato Administrativo de Servicios (CAS), Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (SECIGRA) y Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (SERUMS), Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales, entre otros de similar naturaleza. Las obligaciones relacionadas con la Boni fi cación por Escolaridad y los Aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se atienden conforme a los Anexos del referido Cronograma, en los meses que corresponda. Artículo 2.- El Cronograma Anual Mensualizado a que se re fi ere el artículo precedente es aplicable al pago de las obligaciones que por concepto de Remuneraciones y/o Pensiones se realiza con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, así como a otras fuentes de fi nanciamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Director General de Administración, o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora, es responsable de adoptar las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el fi nanciamiento que garantice su adecuado y oportuno cumplimiento, así como para el correspondiente registro de las operaciones en el SIAF-SP, bajo responsabilidad. Artículo 3.- La atención de otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago Remuneraciones y/o Pensiones, tales como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), Grati fi caciones (Régimen Laboral 728), Indemnizaciones o similares, se efectúa en las fechas u oportunidad que señala la legislación aplicable. Aquellas Unidades Ejecutoras que cuenten con personal del Régimen Laboral 728 podrán realizar el pago de los conceptos de Remuneraciones y Grati fi caciones de los meses de julio y diciembre en una sola planilla, en la fecha en que corresponda atender estos últimos conceptos. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSSANA POLASTRI CLARK Viceministra de Hacienda