Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2016 (22/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 22 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
NTP-IEC 60335-2-85:2016

607315
Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-85: Requisitos particulares para vaporizadores de tejidos. 1ª Edición Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-98: Requisitos particulares para humidificadores. 1ª Edición

Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, el Comité Técnico de Normalización en materia de Seguridad eléctrica, sustenta la propuesta de aprobación de 09 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, en sus informes que obran en sus expedientes respectivos; Que, la Dirección de Normalización mediante el Informe N°014-2016-INACAL/DN.PN de fecha 12 de diciembre de 2016, señala que las normas técnicas propuestas descritas en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224; Que, en base a los informes de los Comités Técnicos de Normalización y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización designado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°017-2016INACAL/PE, en sesión de fecha 14 de diciembre del presente año, acordó por unanimidad aprobar 09 Normas Técnicas Peruanas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas por los fundamentos de la presente resolución conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224: NTP-IEC 60065:2016 Aparatos electrónicos de audio, video y similares. Requisitos de seguridad. 1ª Edición Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-32: Requisitos particulares para aparatos de masaje. 1ª Edición Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. 1ª Edición Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-41: Requisitos particulares para bombas. 1ª Edición Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-55: Requisitos particulares para aparatos eléctricos para uso en acuarios y estanques de jardín. 1ª Edición Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-60: Requisitos particulares para tinas y spas de hidromasaje. 1ª Edición Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-65: Requisitos particulares para purificadores de aire. 1ª Edición

NTP-IEC 60335-2-98:2016

Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO URÍA TORO Directora Dirección de Normalización 1465945-1

Dejan sin efecto Normas Técnicas Peruanas de Directrices para la gestión de servicios de agua potable en condiciones de crisis, negro de humo y otros
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 038-2016-INACAL/DN Lima, 19 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe N° 024-2016-INACAL/DN.PA CONSIDERANDO: Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización se sujeta a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en el Anexo 3, el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, el que establece en el literal J que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas; así como, elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2016, a través del Informe N° 001-2016-INACAL/DN - Programa de Actualización, de fecha 24 de febrero de 2016, el mismo que se encuentra publicado en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa, mediante el Informe N°024-2016-INACAL/DN.PA, señala que luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 17 Normas Técnicas Peruanas correspondiente a las materias de: a) Servicios en sistemas de abastecimiento de agua potable y aguas residuales. Criterios de calidad de servicio e indicadores de desempeño, b) Conductores eléctricos, c) Ingeniería ferroviaria, d) Transformadores, e) Aceros y aleaciones

NTP-IEC 60335-2-32:2016

NTP-IEC 60335-2-40:2016

NTP-IEC 60335-2-41:2016

NTP-IEC 60335-2-55:2016

NTP-IEC 60335-2-60:2016

NTP-IEC 60335-2-65:2016

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