Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2016 (22/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 22 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 3

607321

Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Gerencia de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones y las acciones de mejora en la gestión de la EPS, establecidos en el estudio tarifario. Valor Año Base (VAB): Es el valor de la meta de gestión, establecido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que indica la "situación" en el Año 0. De ser el caso que la captura de alguna variable de cálculo de una meta de gestión sea imprecisa, la Gerencia de Regulación Tarifaria establecerá el año en que el VAB será determinado por parte de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización. Valor Meta (VM): Es el valor de la meta de gestión, establecido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que indica el objetivo a alcanzar por la EPS al final del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la meta de gestión alcanzado por la EPS como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. II.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN BASE Para efecto de las acciones de supervisión, fiscalización y sanción, la SUNASS verificará que al final de cada año del quinquenio regulatorio SEDAPAR S.R.L. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG - El 80% del ICI a nivel de EPS El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO Nº 2 FÓRMULA TARIFARIA DE SEDAPAR S.R.L. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2017-2022 INCREMENTOS TARIFARIOS BASE
1. Por el Servicio de Agua Potable T1 = To (1 + 0.218) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0.000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0.000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0.000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + ) 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0.278) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0.000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0.000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0.000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + )

ESTRUCTURA TARIFARIA DEL QUINQUENIO REGULATORIO 2017-2022 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE SEDAPAR S.R.L. Cargo fijo (S//Mes): 1.350 Se reajusta por efecto de la inflación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. Estructura tarifaria: La estructura tarifaria propuesta contempla los incrementos tarifarios de los servicios de agua potable y alcantarillado del primer año regulatorio. Asimismo, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios. De esta forma, se establece un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. En concordancia con los criterios de reordenamiento tarifario establecidos en el Reglamento General de Tarifas, se efectuaron las siguientes modificaciones en la estructura tarifaria: · Se reduce de dos a uno los rangos de consumo de la categoría estatal, es decir se aplica una tarifa lineal para los servicios de agua potable y alcantarillado a cualquier volumen de consumo. · La tarifa del tercer rango de la categoría doméstico se ha igualado a la tarifa del primer rango de la categoría comercial y otros. Por último, la asignación de consumo disminuye de 30 m3 a 22 m3 en la categoría comercial y otros. I. Estructura Tarifaria de la localidad de Rioja Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE CATEGORÍA RESIDENCIAL Social Doméstico NO RESIDENCIAL Comercial y Otros Industrial Estatal 0 a 30 30 a más 0 a más 0 a más 2.032 3.230 3.230 2.032 0 a más 0a8 8 a 20 20 a más 1.023 1.023 1.225 2.032 RANGOS (m3/mes) Tarifa (S//m3) Año 1

Donde To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente a la fecha de elaboración del estudio tarifario. T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Los incrementos tarifarios base aplicables en el primer año regulatorio de: 21.8 % en agua potable y 27.8 % en alcantarillado, serán destinados a cubrir: i) los costos de inversión de los proyectos a ser financiados con recursos internamente generados por la EPS; ii) los costos de operación y mantenimiento de dichos servicios; iii) la formulación y seguimiento del Plan de Control de Calidad (PCC) y formulación del Programa de Adecuación Sanitaria (PAS); iv) la formulación del Plan de Gestión de Riesgos de Desastres y Adaptación al Cambio Climático y v) la elaboración de estudios requeridos para la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos.

Nota: Las tarifas no incluyen IGV.

Cargo por Volumen de Alcantarillado
CLASE CATEGORÍA RESIDENCIAL Social Doméstico NO RESIDENCIAL Comercial y Otros Industrial Estatal 0 a más 0 a más 0 a más 0.800 1.272 1.272 0.800 0 a más 0a8 8 a 20 20 a más 0.403 0.403 0.482 0.800 RANGOS (m /mes)
3

Tarifa (S//m3) Año 1

Nota: Las tarifas no incluyen IGV.

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