Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2016 (24/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Sábado 24 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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usos; conforme a las normas vigentes, quedando las secciones de vías de acuerdo al plano I-01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral que se aprueba mediante la presente ordenanza, tendrá una vigencia de 10 años de acuerdo al artículo 39º de la Norma GH.020 del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobada por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA. Artículo 4º.- DISPONER que los interesados realicen la inscripción registral del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. Artículo 5°,- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Dirección de Desarrollo Urbano, Rural y Económico, para su conocimiento y fines. Artículo 6°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ÁLVAREZ ANDRADE Alcalde 1466358-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
Aprueban el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2016-MDSLC San Luis 23 de marzo de 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS DE CAÑETE: VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria celebrada el 23 de marzo de 2016, el informe Nº 016-2016- GTMMDSLC, de fecha 17 de marzo de 2016, la Gerencia de Tributación Municipal solicita la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de San Luis, el cual adjunta a su informe; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley orgánica de Municipalidades los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, las ordenanzas de las municipalidades distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, el Artículo 46º de la Ley orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas determinan el

Régimen de Sanciones Administrativas por la infracción a sus disposiciones, establecido una escala de Multas, en función del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones; que a fin de dotar de eficacia y celeridad a la función municipal, es necesario regular de manera integral de aplicación y sanción dentro de la jurisdicción del distrito de San Luis; Que, el TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo 133-2013-EF, con relación a la infracción y tipos de sanciones, establece en su Artículo 165º que la infracción será determinada en forma objetiva y sancionada administrativamente con penas pecuniarias, comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes y suspensión de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones vigentes otorgadas por entidades del Estado para el desempeño de actividades o servicios públicos; Que, mediante el informe Nº 016-2016- GTM-MDSLC, de fecha 17 de marzo de 2016, la Gerencia de Tributación Municipal, informa que es necesario la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de San Luis; Que, mediante Informe Nº 024-2016-GM-MDSLC, de fecha 17 de marzo de 2016, la Gerenta Municipal remite las documentaciones para que sea expuesto en Sesión de Concejo para su aprobación; Estando a lo expuesto uso de las facultades conferidas con el Artículos 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por Unánime el Pleno de Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, ha aprobado lo siguiente Ordenanza; "ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS DE CAÑETE" Artículo Primero.- APROBAR el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas ­ (RAS) de la Municipalidad Distrital de San Luis, conformado por (08) capítulos, (43) artículos y (06) disposiciones transitorias y finales, el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro Único de infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de San Luis, agrupados en (07) líneas de acciones, el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- FACÚLTASE al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis-cañete, dictar mediante Decreto de Alcaldía las normas complementarias, ampliatoria y/o reglamentarias a la Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tributación Municipal, Gerencia de Desarrollo Territorial, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, Sub Gerencia de Transporte y de las demás unidades Orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- DISPONER a la Gerencia de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano así como el diario oficial de la Provincia de Cañete y sus anexos, en la página web de la Municipalidad Distrital de San Luis. Así mismo, disponer a la oficina de Imagen Institucional, difundir y publicar la presente ordenanza en la jurisdicción del distrito. Artículo Sexto.- DEROGAR toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CRISTIAN ALFREDO PÉREZ FRANCO Alcalde 1466741-1

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