Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2016 (24/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de diciembre de 2016 /

El Peruano

confiere el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia del Beneficio de Deudas Tributarias y No Tributarias establecido en la Ordenanza Nº 324-MDSM, hasta el 31 de diciembre de 2016. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Gerencia de Imagen Institucional, Calidad de Servicios, Subgerencias de Registro y Recaudación Tributaria, Subgerencia de Tesorería y Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 3°.- PUBLICAR el presente decreto en el portal institucional de la Municipalidad Distritsal de San Miguel (www.munianmiguel.gob.pe) y en el Diadio Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1466918-1

Registro CAL N°51815, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Miguel, a partir de la fecha. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Recursos Humanos y demás órganos competentes de la municipalidad. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1466913-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR

Designan Auxiliar Municipalidad

Coactiva

de

la

Crean el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor en la Municipalidad
ORDENANZA N° 230-2016- MDSMM Santa María del Mar, 21 de julio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR VISTO En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proveído N° 253A-2016 a través del cual la Gerencia Municipal remite el Informe N° 040-2016-DSP/MDSMM de la Dirección de Servicios Públicos y el Proyecto de Ordenanza que propone la creación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM, de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 7° de la precitada Constitución, señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4° precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono. Que, el numeral 1.2 del artículo 84° en concordancia con el numeral 2.4. del mismo artículo 84° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; establece como funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales y distritales, organizar, administrar y ejecutar los programas sociales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación. Que, el artículo 2° de la Ley Nº 28803, Ley de las Personas Adultas Mayores, define, como personas

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 856-2016/MDSM San Miguel, 30 de noviembre de 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, la resolución de alcaldía N°763-2016/MDSM de fecha 25 de octubre de 2016, y; CONSIDERANDO: Que, mediante resolución de vistos se conforma el comité especial del proceso de selección del auxiliar coactivo de la Municipalidad Distrital de San Miguel, presidido por el Gerente de Rentas y Administración Tributaria e integrado por el Gerente de Asuntos Jurídicos, el Gerente de Planeamiento y Presupuesto y el Subgerente de Recursos Humanos; Que, a través del portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel, el Comité publicó las bases y el cronograma para el desarrollo de las actividades correspondientes a dicho concurso; Que, concluido el proceso de selección, conforme la publicación de los resultados finales del 22 de noviembre del presente año, ha resultado ganadora para el cargo de Auxiliar Coactivo la abogada Jukin Jave Baylon Patiño, identificada con DNI 09850973, con Registro CAL N°51815, siendo necesaria la designación de la ganadora para el ejercicio de sus funciones de conformidad con el artículo 7° de la Ley N° 26979 - Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva y sus modificatorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, artículo 77° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM-Reglamento de la Carrera Administrativa, Ley N° 26979 y sus modificatorias, Ley N° 27204 ­ Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confianza y las facultades conferidas en el artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a la abogada JUKIN JAVE BAYLON PATIÑO, identificada con DNI 09850973, con

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