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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (29/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 240

TEXTO PAGINA: 106

609048 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2016 / El Peruano de duplicidad se tiene en cuenta la oportunidad de la presentación. Dicho compromiso implica la instalación de una estación base en cada localidad. Cada empresa operadora expande su servicio según el menor canon a pagar en el próximo año en función de la aplicación de la fórmula contenida en el Reglamento del canon por el uso del espectro radioeléctrico para servicios públicos móviles de telecomunicaciones. Dicha expansión se realiza durante el año 2017.” “Artículo 4.- Los operadores de servicios públicos móviles de telecomunicaciones que no se acojan al presente Decreto Supremo, se regirán por lo dispuesto en el inciso a) numeral 2 del artículo 231 del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones para el cobro del canon por el uso del espectro radioeléctrico para servicios públicos móviles de telecomunicaciones.” Artículo 2.- Modificación de la Tabla N° 2 – Valores del CPB del Anexo I del Reglamento del canon por el uso del espectro radioeléctrico para servicios públicos móviles de telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2006-MTC Modifíquese la Tabla N° 2 – Valores del CPB del Anexo I del Reglamento del canon por el uso del espectro radioeléctrico para servicios públicos móviles de telecomunicaciones, que queda redactada de la siguiente manera: “2.3. Coeficiente de ponderación de las bandas de frecuencias (CPB) Los valores de CPB se indican en la Tabla N° 2. Tabla N° 2 – Valores del CPB Nº BANDAS (MHz) CPB 1 703 - 803 1 2 806 - 894 1 3 894 - 947 1 4 1 850 - 1 910 0.6 1 930 - 1 990 5 1710 - 1770 0.6 2110 - 2170 Artículo 3.- Modificación del Anexo II del Reglamento del canon por el uso del espectro radioeléctrico para servicios públicos móviles de telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2006-MTC Modifíquese el Anexo II del Reglamento del Canon por el uso del espectro radioeléctrico para servicios públicos móviles de telecomunicaciones, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, en atención a la modificatoria del artículo 3 del Decreto Supremo N° 043-2006-MTC. Artículo 4.- Disponer la publicación de la Exposición de Motivos del presente Decreto Supremo en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones www.mtc.gob.pe. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Adecúese la aplicación del Decreto Supremo N° 043-2006-MTC, que aprueba el Reglamento del canon por el uso del espectro radioeléctrico para servicios públicos móviles de telecomunicaciones, a fin que las empresas operadoras puedan acogerse a las disposiciones contenidas en el citado Decreto Supremo, hasta el 31 de diciembre de 2016. Para dicho efecto, las empresas interesadas deben formalizar su compromiso de expansión, a través de la suscripción de adendas a sus respectivos contratos de concesión. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Las condiciones técnicas y legales referidas al cumplimiento del compromiso de expansión de los servicios públicos móviles de telecomunicaciones son establecidas en las adendas a sus contratos de concesión que suscriben las empresas operadoras. Ante el incumplimiento de las obligaciones referidas al Plan de Expansión, resulta aplicable lo establecido en los contratos de concesión y la normativa vigente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO II Listado de localidades seleccionadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones N° DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO NOMBRE DE CCPP 1 AMAZONAS BAGUA ARAMANGO COMUNIDAD NATIVA TSUNTSUNTSA 2 AMAZONAS BAGUA ARAMANGO EL CEDRON 3 AMAZONAS BAGUA ARAMANGO MIRAFLORES 4 AMAZONAS BAGUA ARAMANGO SANJUAN DE DIOS 5 AMAZONAS BAGUA ARAMANGO SELVA VERDE 6 AMAZONAS BAGUA IMAZA CHICAIS 7 AMAZONAS BAGUA IMAZA COCHA VERDE 8 AMAZONAS BAGUA IMAZA YAMAYAKAT 9 AMAZONAS CONDORCANQUI EL CENEPA ACHU 10 AMAZONAS CONDORCANQUI EL CENEPA ACHUIM 11 AMAZONAS CONDORCANQUI EL CENEPA SHAIM 12 AMAZONAS CONDORCANQUI EL CENEPA SHAMATAK GRANDE 13 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA ALTO PAJAKUS 14 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA ATSAKUS 15 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA CHORROS 16 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA HEBRON 17 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA KAYACUSHA 18 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA KAYAMAS 19 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA NAPURUKA 20 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA SANTA ROSA 21 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA SUWANTS 22 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA TUNANTS 23 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA YAHUAHUA 24 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO AYAMBIS 25 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO BELEN 26 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO CHOSICA 27 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO GUAYABAL 28 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO ISLA GRANDE 29 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO NUEVA ESPERANZA 30 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO ONANGA 31 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO SAN RAFAEL 32 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO SOLEDAD 33 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO YUJAGKIN (SAVIENTSA) 34 AMAZONAS LUYA COCABAMBA MENDAN 35 ANCASH CARHUAZ SAN MIGUEL DE ACO LUCMA HUILLCA 36 ANCASH CARHUAZ SAN MIGUEL DE ACO QUINRANCA 37 ANCASH HUARI SAN PEDRO DE CHANA VISTOSO 38 ANCASH HUAYLAS PAMPAROMAS CAJAY 39 ANCASH HUAYLAS PAMPAROMAS CHORRILLOS 40 ANCASH HUAYLAS PAMPAROMAS OCSHAPAMPA 41 ANCASH MARISCAL LUZURIAGA FIDEL OLIVAS ESCUDERO COLCABAMBA 42 ANCASH POMABAMBA PAROBAMBA CAJAS 43 ANCASH POMABAMBA PAROBAMBA CUCHO 44 ANCASH POMABAMBA QUINUABAMBA VIÑAC 45 APURIMAC ABANCAY CURAHUASI ACCORAN 46 APURIMAC ABANCAY CURAHUASI CCOC HUA CENTRO