Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 236

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

de Identificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI) es público, personal e intransferible, constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, es el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 01598-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente; Que en atención a ello, mediante la Resolución Jefatural N° 267-2015/JNAC/RENIEC, publicada en el diario oficial El Peruano el 01 de enero de 2016, se aprobó la gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten, a partir del primer día útil de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016; Que a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Certificación y Registro Digital manifiesta que se encuentra próximo el término de la gratuidad para la emisión de certificados digitales durante el periodo correspondiente al año 2016; por lo cual, solicita se disponga la ampliación de la vigencia de la gratuidad para la atención de solicitudes de certificados digitales, a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten durante el año 2017; dado que ello permitirá el fortalecimiento del desarrollo del gobierno electrónico en el país, masificando el uso de los certificados digitales y permitiendo realizar transacciones electrónicas seguras; Que en ese sentido la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que la gratuidad de emisión de Certificados Digitales para Entidades del Sector Público solicitada por la Gerencia de Certificación y Registro Digital, serán factibles de ser financiadas con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Entidad para el año 2017, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía, toda vez que su contenido proporciona información relativa y es de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración Pública; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 073-2016-JNAC/RENIEC (31MAY2016); y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la ampliación de la vigencia de la gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los suscriptores que estas soliciten, a partir del primer día hábil de enero hasta el 31 de Diciembre del 2017, establecida mediante Resolución Jefatural N° 267-2015/JNAC/RENIEC, publicada en el diario oficial El Peruano el 01 de enero de 2016. Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Entidad para el año 2017, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Certificación y Registro Digital, de Tecnología de la Información y de Planificación y Presupuesto.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1469351-18

Autorizan ampliación de la vigencia de la gratuidad en la tramitación y emisión del DNI en la modalidad de inscripción por primera vez, renovación, duplicado y rectificación de datos para niños, niñas y adolescentes en situación de abandono albergados en Centros de Atención Residencial
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 194-2016/JNAC/RENIEC Lima, 30 de diciembre de 2016 VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000232-2016/ GRIAS/RENIEC (21OCT2016) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe N° 000021-2015/GRIAS/SGFI/RENIEC (19OCT2016) de la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevación N° 000302-2016/GPP/RENIEC (28OCT2016), de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000109-2016/GPP/SGPL/RENIEC (28OCT2016) de la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 004247-2016/ GPP/SGP/RENIEC (28OCT2016), de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando N° 001188-2016/GG/RENIEC (23DIC2016) de la Gerencia General; la Hoja de Elevación Nº 0000702016/GAJ/SGAJR/RENIEC (03NOV2016) y el Informe Nº 000396-2016/GAJ/SGAJR/RENIEC (29DIC2016), de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Hojas de Elevación Nº 000588-2016/GAJ/RENIEC (25OCT2016), Nº 0006052016/GAJ/RENIEC (04NOV2016) y Nº 000709-2016/ GAJ/RENIEC (29DIC2016), de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitución Política del Estado como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por éste, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identificación que los individualice de los demás; Que en virtud a lo establecido en el artículo 204° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/ RENIEC (31MAY2016), la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social es el órgano de línea encargado de la prevención y atención del problema de la indocumentación a través de acciones operativas concretas que permitan hacer accesible el derecho al

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