Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 252

611810

NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

ficha RUC o certificado de información registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria-SUNAT, f) Certificados o constancias de habilitación profesional o similares expedidos por los Colegios Profesionales, cuando dicha calidad pueda ser verificada a través del respectivo portal institucional, g) Cualquier otro requisito que acredite o proporcione información que conste en registros de libre acceso a través de internet u otro medio de comunicación pública"; Que, el Decreto Supremo N° 009-2016-VIVIENDA, ha modificado el Artículo 49° del Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA señalando que "Obtenida la Licencia de Edificación, de acuerdo a lo establecido para cada modalidad, el administrado puede solicitar la numeración que corresponda...", trámite que debería ser viabilizado mediante un servicio exclusivo denominado "Numeración Municipal"; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General señala que: "Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicará la modificación según lo dispuesto por el numeral 38.3."; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal"; Que, mediante Informe N° 109-2016-/MDA/GPESGPMI, la Sub Gerencia de Planeamiento y Modernización Institucional, eleva la propuesta de modificación de plazos, requisitos y denominación de procedimientos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de la Municipalidad Distrital de Ate, que involucra 33 tramites, emitiendo su opinión técnica favorable, a fin de que el TUPA del Corporativo esté en el marco de la normativa vigente sobre la materia; lo cual, es corroborado por la Gerencia de Planificación Estratégica, mediante Informe Nº 134-2016-MDA/GPE; Que, mediante Informe N° 151-2016-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación de la modificación de plazos, requisitos y denominación de procedimientos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que deberá efectuarse a través del Decreto de Alcaldía respectivo; Que, mediante Proveído N° 1749-2016-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20°, Y ARTÍCULO 42° DE LA LEY N° 27972 LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR; el Texto Único de Procedimientos Administrativos en relación a los plazos de los procedimientos que se detallan en anexo adjunto, de acuerdo a lo siguiente:
PLAZO PARA RESOLVER (en días hábiles)

3

Licencia de edificación-Modalidad "C" (Aprobación con evaluación previa del proyecto por la Comisión Técnica) 3.9 Demoliciones Totales de Edificaciones (de 5 o más pisos de altura o aquellas que requieran el uso de explosivos) Conformidad de Obras y Declaratoria de Edificación Sin Variaciones 8.2 Para Modalidad B, C y D Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación Con Variaciones (para modificaciones "no sustanciales" y siempre que se cumplan con la normativa) 9.1 Para Edificaciones con Licencia Modalidad B 9.2 Para Edificaciones con Licencia Modalidad C yD Recepción de Obras de Habilitación Urbana 20.1 Sin variaciones (Modalidades B, C y D) 10 10 15 días calendario 15 días calendario 15 días calendario 25

8

9

20

20.2 Con variaciones que no se consideren sustanciales (Modalidad B, C y D con Revisores Urbanos y Comisión Técnica)

Articulo Segundo.- MODIFICAR; el Texto Único de Procedimientos Administrativos en relación a los requisitos de los procedimientos que se detallan en anexo adjunto, de acuerdo a lo siguiente:
N° DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y BASE LEGAL REQUISITOS Número y Denominación

SECRETARÍA GENERAL: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR 3.1 SEPARACIÓN CONVENCIONAL REQUISITOS GENERALES 2 (Eliminado)

3

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA: PROCEDIMIENTOS ADMNISTRATIVOS RECURSOS IMPUGNATIVOS 3.1 Tratándose de persona natural, adjuntar copia de carta poder. 3.1 Tratándose de persona jurídica, adjuntar copia de poder otorgado por escritura pública a representante legal. 2.1 Tratándose de persona natural, adjuntar copia de carta poder. 2.2 Tratándose de persona jurídica, adjuntar copia de poder otorgado por escritura pública a representante legal. 2.2 Tratándose de persona jurídica, adjuntar copia de poder otorgado por escritura pública a representante legal. 2 En caso de representante de persona natural adjuntar copia de carta poder expresa. 1.4 RECURSO DE RECLAMACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN DE PÉRDIDA DE FRACCIONAMIENTO EN MATERIA TRIBUTARIA 3.1 Tratándose de persona natural, adjuntar copia de carta poder 3.2 Tratándose de persona jurídica, adjuntar copia de poder otorgado por escritura pública a representante legal

1.1 RECURSOS DE RECLAMACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS

1.2 APELACIÓN DE RESOLUCIONES DE GERENCIA QUE RESUELVEN RECLAMACIONES TRIBUTARIAS (PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSOS) 1 1.3 DESISTIMIENTO DE RECURSOS IMPUGNATIVOS O ESCRITOS TRIBUTARIOS PRESENTADOS

N° DE ORDEN

DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y BASE LEGAL

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO SUBGERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

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