Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

3023-2016-MINDEF/SG, de la Secretaría General del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30372, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y por Resolución Ministerial Nº 0709-2015-MINAGRI, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, a realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente. Dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; asimismo, se señala que las referidas transferencias financieras se financian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el que se deberá indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fijado por la Presidencia del Consejo de Ministros; y, de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del titular de dicho pliego; la resolución del Titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano; Que, mediante el Decreto Supremo N° 021-2016PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de marzo de 2016, cuya Fe de Erratas fue publicada en el mencionado Diario Oficial con fecha 30 de marzo de 2016, se establece como monto máximo de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 152 875,00), en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, la suma que debe ser financiada con cargo al presupuesto institucional aprobado del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para las operaciones de apoyo a los Pliegos presupuestarios, según lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, sustentado en el Informe N° 121-2016-PCM/ OGPP, el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante el Oficio N° 2259-2016PCM/SG, comunica al Ministerio de Defensa que ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo N° 021-2016-PCM, destinado a las acciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios, lo que se informa, según señala el referido Oficio, a fin que el Ministerio de Defensa comunique a los pliegos involucrados y gestionen las respectivas transferencias financieras; Que, a tal fin, con el Oficio N° 1062-2016-MINDEF/SG, el Secretario General del Ministerio de Defensa solicita al entonces Secretario General de este Ministerio, que se realicen las acciones necesarias para que los pliegos del Sector que requieran apoyo de las Fuerzas Armadas gestionen oportunamente la aprobación del dispositivo legal de transferencia de los recursos; Que, mediante el Oficio N° 3023-2016-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa, se refiere al viaje aéreo realizado el día 28 de octubre de 2016, por el Ministro de Agricultura y Riego, a la provincia de Tocache, departamento de San Martín, indicando que según lo informado por el Ejército Peruano, el referido viaje significó el costo de CUARENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y

OCHO Y 73/100 SOLES (S/ 41 198,73), por lo que solicita gestionar la transferencia presupuestal, en virtud de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, basado en el sustento del Informe N° 543-2016-MINAGRI-SG- OGPP/OPRES, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de este Ministerio ha emitido la Nota N° 413-2016-MINAGRI-SG-OGPP/OPRES, con la que señala resulta necesario efectuar una transferencia financiera hasta por la suma de CUARENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 41 199,00), del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para cubrir los gastos por el vuelo de apoyo que se brindó al Ministerio de Agricultura y Riego, para realizar actividades relacionadas a este Sector, con cargo a la Actividad 5000442: Apoyo a la Gestión Agropecuaria, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de CUARENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 41 199,00), del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para cubrir los gastos por el vuelo de apoyo que se brindó al Ministro de Agricultura y Riego el día 28 de octubre de 2016, a la provincia de Tocache, departamento de San Martín, con el fin de realizar actividades relacionadas al Sector Agricultura y Riego; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF, y sus modificatorias; la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar un Transferencia Financiera del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, hasta por la suma de CUARENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 41 199,00), en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para cubrir los gastos por el vuelo de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio de Agricultura y Riego, a que se refiere el Oficio N° 3023-2016-MINDEF/SG, de la Secretaría General del Ministerio de Defensa, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1, precedente, se atenderá con cargo al Presupuesto aprobado en el Año Fiscal 2016 para el Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, en la Actividad 5000442: Apoyo a la Gestión Agropecuaria, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Los recursos transferidos en el marco de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- La Oficina General de Administración, en coordinación con la Dirección General de Articulación Intergubernamental, ambos del Ministerio de Agricultura y Riego, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales fueron entregados los recursos, materia de la presente Resolución.

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