Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Que, con fecha 03 de diciembre de 2013, la Corporación Andina de Fomento ­ CAF y la República del Perú suscriben el Contrato de Préstamo hasta por la suma de US$ 16.000.000.00, destinado a financiar parcialmente el citado Programa de Inversión Pública; Que, por Resolución Ministerial N° 298-2014-MINAM de fecha 11 de setiembre de 2014, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004 Gestión de los Recursos Naturales", en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente para la ejecución del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur - II Etapa"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM de fecha 04 de marzo de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa"; el cual en su numeral 2.4 establece la tipología y las características de los Proyectos de Inversión Pública que conforman el Conglomerado de Proyectos Ambientales a ejecutarse en el marco del Programa precitado; Que, la mencionada norma, establece para el caso de solicitudes presentadas por los gobiernos regionales, gobiernos Locales a nivel provincial y distrital, un cofinanciamiento máximo de hasta S/ 1 200 000.00, S/ 1 000 000.00 y S/ 700 000.00 respectivamente; asimismo, se indica que en caso los montos solicitados para su cofinanciamiento por parte del Programa, superen los montos máximos establecidos en el Manual de Operaciones, el Organismo Ejecutor del Proyecto de Inversión Pública, asumirá el financiamiento del excedente del costo de inversión del referido Proyecto; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 052-2016-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2 de fecha 02 de noviembre de 2016, se aprobaron los resultados de la Convocatoria 2016 de Proyectos de Inversión Pública Ambientales realizada por la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales; de los cuales 23 (veintitrés) cumplen con los criterios de calidad establecido, para su cofinanciamiento con cargo a los recursos del Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 361-2015-MINAM de fecha 30 de diciembre de 2015, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Producto, Actividad, Categoría Presupuestal, Proyecto, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento; Que, mediante Informe N° 070-2016-MINAM/ DVMDERN/UEGRN, la Dirección Ejecutiva del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur-II Etapa (PGAS CVIS 2) solicita la autorización de la transferencia financiera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2016 hasta por la suma de S/. 5 563 359,20 (Cinco Millones Quinientos Sesenta y Tres Mil Trescientos Cincuenta y Nueve y 20/100 Soles), a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, que será financiado con cargo a los recursos asignados a la referida Unidad Ejecutora en el presente año fiscal en la Fuente de Financiamiento 3.Recursos por Operación Oficial de Crédito; Que, el literal d) del numeral 15.1, del artículo 15 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que se autorizan de manera excepcional la realización de transferencias financieras entre entidades, para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de las normatividad vigente; Que, por su parte, el artículo 16 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modificada por Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral

Nº 025-2013-EF/50.01 y Resolución Directoral 027-2014EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de las transferencias financieras; Que, mediante Informe Técnico N° 039-2016-MINAM/ SG/OPP/URP, y con Memorando N° 1096-2016-MINAM/ SG/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto recomienda efectuar las gestiones necesarias a fin de autorizar la transferencia financiera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma CINCO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 20/100 SOLES (S/ 5 563 359.20) a favor de los Gobiernos Regionales y Locales descritos en el anexo que forma parte de la presente resolución; por lo que corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, del Director Ejecutivo del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur II Etapa"; de la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa, aprobado por Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM; el Convenio Específico de Transferencia de Recursos para la Ejecución de PIP de los Conglomerados de Proyectos Ambientales seleccionado, suscrito entre la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales y Los Gobiernos Locales y la "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010EF/76.01 y modificada por Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 025-2013EF/50.01 y Resolución Directoral N° 027-2014-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma de CINCO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 20/100 SOLES (S/ 5 563 359.20) a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución, con cargo a los recursos asignados en el Año Fiscal 2016 a la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operación Oficial de Crédito; para el financiamiento de los Proyectos de Inversión Pública Ambientales. Artículo 2.- La Oficina General de Administración o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- La Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales les fueron entregados los recursos. Artículo 4.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente

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