Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del SENAMHI
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL EJECUTIVA N° 271-2016/SENAMHI Lima, 23 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe N° 006-2016-SENAMHI-OPP-UI de fecha 22 de diciembre de 2016, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto sobre la propuesta de Plan Operativo Institucional (POI) 2017. CONSIDERANDO: Que, el numeral 71.1 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, el numeral 71.2 del artículo 71° de la referida Ley, dispone que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad, conforme a su escala de prioridades; Que, asimismo en el numeral 71.3 del artículo 71° de la misma Ley, señala que los Planes Operativos Institucionales reflejan las metas que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir con las Metas Presupuestarias establecidas para dicho periodo, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, sobre la base del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Ambiental 2017-2021, aprobado con Resolución Ministerial N° 385-2016-MINAM; el Plan Estratégico Institucional (PEI) del SENAMHI 20172019; y, considerando la estructura funcional programática aprobada mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; se ha elaborado el Plan Operativo Institucional (POI), determinando las actividades y tareas que permitirán viabilizar el logro de los objetivos y metas a alcanzar para el Año Fiscal 2017; Que, mediante Informe N° 006-2016-SENAMHIOPP-UI de fecha 22 de diciembre de 2016, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que se ha recopilado toda la información de los Planes Operativos de las diferentes dependencias del Servicio, de acuerdo a los lineamientos establecidos, por lo que es necesario aprobar el Plan Institucional mediante acto resolutivo aprobando el citado instrumento de gestión institucional; y, De conformidad con la Ley N° 24031 - Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, y su modificatoria Ley N° 27188; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM; la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil y su Reglamento; y con el visto bueno de la Secretaria General, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina General de Presupuesto y Planificación; y con las facultades conferidas mediante Resolución Suprema N° 018-2011-MINAM, de fecha 04 de noviembre de 2011. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2017

del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú- SENAMHI, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Ejecutar Los objetivos, actividades y tareas contenidos en el Plan Operativo Institucional (POI) 2017, aprobado por el artículo precedente, se ejecutarán dentro del marco presupuestal autorizado por la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y la normativa presupuestaria vigente. Artículo 3.- Disponer Disponer que los responsables de los Órganos del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI remitan a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dentro de los quince (15) días calendario de finalizado cada trimestre, el Informe de cumplimiento de las metas del Plan Operativo Institucional (POI) 2017, debiendo la Oficina de Planeamiento y Presupuesto dar las pautas para tal fin. Artículo 4.- Disponer Disponer la publicación del Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Pliego 331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y su Anexo en el Portal Institucional del SENAMHI el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. AMELIA DÍAZ PABLÓ Presidenta Ejecutiva del SENAMHI Representante Permanente del Perú ante la OMM 1468501-1

CULTURA
Aprueban Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2019 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 492-2016-MC Lima, 30 de diciembre de 2016 VISTO, el Memorando Nº 001234-2016/OGPP/SG/ MC de fecha 29 de diciembre de 2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso;

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