Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en los artículos 2, 3 y 4 de la presente Resolución, están obligados a dar cuenta mensualmente al Ministro de Economía y Finanzas respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Lo dispuesto en los literales k), l), m), n) y o) del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 426-2014EF/10 tendrá vigencia durante el año 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1469045-2

N° 157-2016-PERU COMPRAS/SG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las Compras Corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las Compras Corporativas facultativas que le encarguen otras Entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras Entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Convenios Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018; Que, el numeral 71.1 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC) y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso; Que, el artículo 17 de la Directiva N° 001-2014/ CEPLAN denominada "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional De Planeamiento Estratégico", aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 042-2016-CEPLAN/PCD, señala que el PEI: i) es el documento elaborado por las entidades de la Administración Pública que constituyen un pliego presupuestario; ii) se redacta en la Fase Institucional y utiliza la información generada en la Fase Estratégica del sector al que pertenece o del territorio al que está vinculado; iii) desarrolla las acciones estratégicas de la entidad para el logro de los objetivos establecidos en el PESEM o PDC, según sea el caso; iv) contiene la síntesis de la Fase Estratégica, la Misión, los objetivos estratégicos institucionales, indicadores, metas, las acciones estratégicas y la ruta estratégica; v) se formula anualmente para un periodo de 3 años; y, vi) es aprobado por el titular de la Entidad; Que, siendo el Plan Estratégico un instrumento de gestión institucional que contiene los objetivos estratégicos de la institución, así como las acciones y metas a lograr en cumplimiento de su mandato legal, es necesario dictar el acto de administración que apruebe el Plan Estratégico Institucional - PEI 2017 - 2019, que permita orientar efectivamente los planes operativos y presupuestales anuales de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 3042012-EF; la Directiva N° 001-2014/CEPLAN, aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 042-2016-CEPLAN/ PCD; y en uso de la atribución conferida por el artículo 7 e inciso k) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 3642015-EF;

Aceptan renuncia de Director de Programa Sectorial IV - Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 439-2016-EF/43 Lima, 29 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto mediante Resolución Ministerial N° 168-2014-EF/43 y Resolución Ministerial N° 201-2014-EF/43, se designó al señor Javier Humberto Roca Fabián, en el cargo de Director de Programa Sectorial IV ­ Director General, Categoría F-5, de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo antes mencionado, a partir del 1 de enero de 2017, por lo que resulta pertinente aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N° 117-2014EF; y, en el Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Javier Humberto Roca Fabián, al cargo de Director de Programa Sectorial IV - Director General, Categoría F-5, de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 1 de enero de 2017, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1469045-3

Aprueban el Plan Estratégico Institucional - PEI 2017-2019 de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 092-2016-PERÚ COMPRAS Lima, 28 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe Nº 95-2016-PERÚ COMPRAS/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe

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