Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2016 (10/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Domingo 10 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

575163

Que, en aplicación de los artículos 3° y 4° del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) oficina especial de uso compartido; Estando a lo informado por los Departamentos de Supervisión de Seguros "A" y "B"; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias y en la Resolución SBS Nº 4797-2015; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 5829-2014 de fecha 05.09.2014; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la oficina especial de uso compartido ubicada en Calle Apurímac N° 201, Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1331516-1

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Elisa Castro Aquino con matrícula número N-4388, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1331620-1 RESOLUCIÓN SBS N° 7725-2015 Lima, 23 de diciembre de 2015 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Miguel Gerardo Flores Gómez para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011 se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que mediante Resolución SBS N°1642-2015 de fecha 10 de marzo de 2015 se aprobó la quinta versión del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG-SBS -360-05; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 04 de noviembre de 2015, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Miguel Gerardo Flores Gómez postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N°2348-2013 del 12 abril 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Miguel Gerardo Flores Gómez con matricula número N-4387, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros sección II De Los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta superintendencia Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Autorizan inscripciones de personas naturales en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS N° 7724-2015 Lima, 23 de diciembre de 2015 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la señora Elisa Castro Aquino para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011 se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que mediante Resolución S.B.S N° 1642-2015 de fecha 10 de marzo de 2015, se aprobó la quinta versión del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG-SBS-360-05; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 04 de noviembre de 2015, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Elisa Castro Aquino postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril 2013;

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