Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2016 (14/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 14 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
CARGO 21 Jefe (a) del Programa DEPENDENCIA / INSTITUCIÓN

575411
CARGO Miembro Miembro Miembro Miembro Alterno

Las dependencias y unidades orgánicas del Sector Agricultura y Riego señaladas en el Anexo indicado en el artículo 1 de la presente Resolución, y que establecen su participación en la Comisión Intergubernamental a través de profesionales, deberán ser acreditados mediante comunicación dirigida a la Secretaría de Descentralización, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Todo cambio producido en el profesional designado inicialmente como miembro de la Comisión, deberá ser informado a la Secretaría de Descentralización en el plazo antes señalado contado a partir de la ocurrencia. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretaria de Descentralización
ANEXO 2 RELACIÓN DE REPRESENTANTES DEL GOBIERNO NACIONAL ANTE COMISIÓN INTERGUBERNAMENTAL DEL SECTOR AGRICULTURA Y RIEGO, CONFORMADA EN EL MARCO DEL DECRETO SUPREMO Nº 047-2009-PCM CARGO DEPENDENCIA / INSTITUCIÓN CARGO Presidente Comisión Intergubernamental Miembro Miembro Alterno Miembro Miembro Miembro

Programa de Jefe (a) de la Unidad de Compensaciones para 22 Planificación, Seguimiento la Competitividad AGROIDEAS y Evaluación 23 Director (a) de Gestión del Riego Programa Sub Sectorial de Irrigaciones (PSI)

24 Profesional

Director (a) de la Unidad de Estudios Servicio Nacional 25 y Cooperación de la Oficina de Planificación y de Sanidad Agraria (SENASA) Desarrollo Institucional 26 Profesional Director (a) General de la 27 Oficina de Planeamiento y Instituto Nacional de Presupuesto Innovación Agraria (INIA) 28 Profesional Director (a) de Conservación y 29 Planeamiento de Recursos Hídricos Autoridad Nacional del Agua (ANA)

Miembro

Miembro Miembro Miembro Alterno Miembro

1332846-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Delegan facultades a diversos funcionarios del Ministerio durante el Ejercicio 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0006-2016-MINAGRI Lima, 12 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, en adelante la LOF del MINAGRI, el Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el tercer párrafo del literal c) del artículo 8 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha Ley le otorga, salvo los casos expresamente previstos en el referido literal; Que, según el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente, entre otras, la citada Ley General; Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40 del referido Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, y que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

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Viceministro (a) de Política Despacho Viceministerial Agrarias Director (a) de la Oficina General de Planeamiento Oficina General de Planeamiento y Presupuesto Profesional Profesional Profesional Profesional Director (a) General de Articulación Intergubernamental Director (a) de Gestión Descentralizada Oficina General de Asesoría Jurídica Oficina General de Administración Oficina General de Gestión de Recursos Humanos Dirección General de Articulación Intergubernamental

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Miembro Miembro Miembro Miembro Alterno Miembro Miembro Miembro Miembro Alterno Miembro

Director de Seguimiento y Evaluación de Políticas (a) Dirección General de Seguimiento y Director (a) de Estadística Evaluación de Políticas 10 Agraria 11 Dirección General de Director (a) de Políticas y Políticas Agrarias 12 Normatividad Agraria 13 Profesional 14 Profesional 15 Profesional Dirección General de Negocios Agrarios Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL Director (a) General de Políticas Agrarias

16 Profesional 17 Profesional 18 Profesional 19 Profesional 20 Profesional

Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Alterno

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