Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2016 (14/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de enero de 2016 /

El Peruano

EDUCACION
Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 034-2016-MINEDU Lima, 13 de enero de 2016 Vistos, el Expediente N° 0060214-2015, el Oficio N° 7177-2015-MINEDU/VMGI-PRONIED, el Informe N° 1229-2015-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ, el Oficio N° 99-2015-MINEDU/SPE/OPEP/UNOME, el Informe N° 20 -2015-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME y el Informe N° 966 -2015-MINEDU/SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa; a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, el artículo 4 del referido Decreto Supremo establece que la organización y funciones del PRONIED se desarrollarán en el respectivo Manual de Operaciones, que será aprobado mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación; estableciendo además, que el mismo estará a cargo de un(a) Director(a) Ejecutivo(a) que será designado(a) mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación; Que, con Resolución Ministerial N° 267-2014-MINEDU, publicada el 30 de junio de 2014, se aprobó el Manual de Operaciones del PRONIED, modificado por la Resolución Ministerial N° 393-2014-MINEDU, a través del cual se reguló la organización de dicho Programa, su estructura funcional, las áreas que lo componen y las funciones de las mismas; Que, la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, publicado el 31 de enero de 2015, modificó algunas funciones del PRONIED; Que, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, el Ministerio de Educación aprobará las normas complementarías y documentos de gestión correspondientes, para el adecuado cumplimiento e implementación de lo dispuesto en la referida norma; en mérito a lo cual, resulta necesario adecuar las disposiciones del Manual de Operaciones del PRONIED; Que, los artículos 4 y 36 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establecen que la definición de las funciones y, de ser el caso, la estructura orgánica de los programas y proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones; señalando el contenido mínimo del mismo; Que, mediante el Informe N° 20-2015-MINEDU/SPEOPEP-UNOME la Unidad de Organización y Métodos de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, manifiesta que los procesos y productos contemplados en el proyecto de Manual de Operaciones remitido por el Director Ejecutivo del PRONIED se enmarcan en las funciones atribuidas

al referido Programa; motivo por el cual, recomienda su aprobación, emitiendo opinión favorable; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar el nuevo Manual de Operaciones del PRONIED, en el marco de las disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU que crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa; el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED, el mismo que en calidad de Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial N° 267-2014-MINEDU y sus modificatorias. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1333376-1

Aprueban la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2016"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 035-2016-MINEDU Lima, 13 de enero de 2016 Vistos; los Informes Nºs. 001-2016-MINEDU/SPEUFD, 023-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, dispone que con cargo a los recursos previstos en el Pliego Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, se autorizarán modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Soles), para el financiamiento de las intervenciones de Educación Básica priorizadas para el ejercicio fiscal 2016 por el Ministerio de Educación, así como para el financiamiento de los bienes, servicios, equipamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales "Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular", "Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular", "Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva" y "Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria", así como acciones centrales; Que, asimismo, el citado artículo establece que los recursos a los que se hace referencia en el considerando precedente serán transferidos a los Pliegos Gobiernos Regionales previo cumplimiento de compromisos de desempeño para la

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