Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2016 (14/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 14 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula. Dichos compromisos, lineamientos y requisitos estarán definidos mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación y se encontrarán relacionados con las actividades detalladas en dicho artículo. Adicionalmente, señala que los referidos recursos, en lo que corresponda, son transferidos hasta el tercer trimestre del Año Fiscal 2016, según cronograma aprobado por resolución del titular del Ministerio de Educación; Que, atención a las disposiciones antes señaladas, el Jefe de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante Informe Nº 001-2016-MINEDU/ SPE-UFD, solicita y sustenta la necesidad de aprobar el proyecto de Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2016, la misma que establece los referidos Compromisos de Desempeño, los lineamientos y requisitos para su implementación y cumplimiento, e incluye el cronograma al que se hace referencia en el considerando precedente; Que, del referido Informe se evidencia la conformidad de la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Desarrollo Docente, la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, la Dirección de Formación Inicial Docente, la Unidad de Planificación y Presupuesto, la Unidad de Estadística y del Programa Nacional de Infraestructura Educativa respecto al contenido del citado documento normativo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada "Elaboración, Aprobación y Tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos del Ministerio de Educación", aprobada por Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2016", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1333376-2

Aprueban Norma Técnica denominada "Norma que establece disposiciones para el Acompañamiento Pedagógico en la Educación Básica"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 008-2016-MINEDU Lima, 12 de enero de 2016 Vistos, el Expediente N° 0230398-2015, el Informe N° 120-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS de la Dirección de Formación Docente en Servicio, el Informe N° 999-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 y los literales d) y e) del artículo 13 de la Ley Nº 28044,

Ley General de Educación, el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos; siendo factores que interactúan para lograr dicha calidad de la educación, la formación inicial y permanente que garantiza idoneidad de los docentes y una carrera docente que incentive el desarrollo profesional y el buen desempeño laboral; Que, el artículo 79 de la referida Ley, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el artículo 7 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que la formación en servicio tiene por finalidad organizar y desarrollar, a favor de los profesores en servicio, actividades de actualización, capacitación y especialización, que responden a las exigencias de aprendizaje de los estudiantes y de la comunidad o a la gestión de la institución educativa y a las necesidades reales de la capacitación de los profesores; Que, de conformidad con los literales a), b) y c) del artículo 12 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013ED, son finalidades de la formación en servicio, ofrecer oportunidades para que los docentes, en los mismos espacios en que se desempeña, puedan construir nuevo conocimiento respecto a su práctica, teorizar sobre su trabajo y conectarlo con aspectos más amplios; mejorar la calidad de los aprendizajes de los estudiantes y capacidades de los docentes; y fortalecer las competencias y desempeños profesionales establecidos en el Marco del Buen Desempeño Docente; Que, el Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú, aprobado por Resolución Suprema N° 001-2007-ED, establece como parte sus políticas, la Política 8.2: Establecer Programas de Apoyo y Acompañamiento Pedagógico, con función permanente de servicio a las redes escolares, y la Política 10.2: Reestructurar y fortalecer la formación docente en servicio, articulada con la formación docente inicial; Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación (PESEM) 2012-2016, aprobado por Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED, establece que una de sus líneas estratégicas es el Desarrollo Profesional Docente, cuyo objetivo es elevar cualitativamente el nivel de desempeño profesional docente para hacer posible una educación escolar orientada al desarrollo de competencias y plenamente responsabilizada por los aprendizajes, siendo uno de los aspectos que comprende, el instituir un sistema descentralizado de formación en servicio basado en un Marco de Buen Desempeño y orientado a la mejora de los aprendizajes, cuyo eje es el acompañamiento pedagógico al docente en su propio lugar de trabajo y a partir de su propia experiencia; Que, a través del Oficio N° 1641-2015-MINEDU/VMGPDIGEDD, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 120-2015-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIFODS de la Dirección de Formación Docente en Servicio, con el cual se sustenta la necesidad de aprobar la norma técnica de Acompañamiento Pedagógico, con el objetivo de establecer los criterios y procedimientos comunes del Acompañamiento Pedagógico comprendido en las diversas intervenciones y/o acciones de formación docente en servicio que se realizan en el Sector Educación, que garantice el fortalecimiento de las competencias pedagógicas de los profesores de aula; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Resolución Ministerial N° 0520-2013ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SGOAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación"; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 006-2016MINEDU;

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