Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2016 (14/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de enero de 2016 /

El Peruano

actualizaciones, así como los rangos convertidos a moneda nacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-92-EM, la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2005-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En aplicación de lo establecido en el literal c) del numeral 6.1 del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28258 ­ Ley de Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2005-EF, el tipo de cambio de referencia correspondiente al año 2016 para los sujetos obligados al pago de la Regalía Minera de acuerdo a las normas vigentes antes del 01 de octubre de 2011, que lleven su contabilidad en moneda nacional, es S/ 3,325 por dólar americano. En consecuencia, los rangos establecidos en el artículo 5º de la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera convertidos a moneda nacional son los siguientes: Rango Hasta S/ 199 500 000,00 Por el exceso de S/ 199 500 000,00 hasta S/ 399 000 000,00 Por el exceso de S/ 399 000 000,00 % Regalía 1% 2% 3%

Primer rango Segundo rango Tercer rango

quince días del mes de enero de cada año, mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N°117-2014-EF, es función del Ministro de Economía y Finanzas, orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo, en el marco de la política general del Gobierno; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, ha formulado las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2016, considerando las propuestas presentadas por los órganos del Ministerio de Economía y Finanzas y por los organismos públicos adscritos y entidades vinculadas al Sector; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2016, en el marco de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación de Metas e Indicadores de Desempeño Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2016 en el marco de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias, que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2°.- De la publicación La presente resolución es publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y el Anexo será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www. mef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1333635-3

Artículo 2º.- El tipo de cambio de referencia y los rangos aprobados mediante la presente Resolución Ministerial podrán ser actualizados durante el ejercicio, en los meses de abril, julio y octubre, siempre y cuando la variación del tipo de cambio promedio ponderado del trimestre anterior sea igual o superior al cinco por ciento (+ 5%), de acuerdo a lo señalado en el artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28258 ­ Ley de Regalía Minera, aprobado por el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2005-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1333635-2

Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Economía y Finanzas para el año 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 011-2016-EF/41 Lima, 13 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM define y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento-PNOC para las entidades del Gobierno Nacional, en adelante PNOC, a fin que el conjunto de instituciones y funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 111-2012PCM, se incorporó la Política de Gestión del Riesgo de Desastres dentro de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para todos los niveles del Gobierno Nacional, dado que tiene como finalidad la protección de la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado; Que, asimismo, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM señala que, dentro de los primeros

Aprueban lineamientos para modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para la ejecución de proyectos de inversión pública, en el marco del art. 12 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2016-EF/50.01 Lima, 8 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3 y 4 del Texto Unico Ordenado ­ TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema

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