TEXTO PAGINA: 60
575542 NORMAS LEGALES Viernes 15 de enero de 2016 / El Peruano Supremo N° 304-2012-EF, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular de la entidad a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces, pudiendo delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modi fi cada por Decreto Legislativo N° 1240; y el Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS; SE RESUELVE:Artículo 1.- DELEGAR en la Secretaría General del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, la facultad del Titular del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, para aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2016. Artículo 2.- La Secretaría General deberá informar al Director Ejecutivo, de manera trimestral, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente resolución. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAMES C. FERNÁNDEZ SALGUERO Director Ejecutivo 1334113-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Inscriben valores correspondientes a la cuarta, quinta, sexta y sétima emisiones del “Segundo Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA” y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES Nº 122-2015-SMV/10.2 Lima, 18 de noviembre de 2015EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES VISTOS:El Expediente Nº 2014048100 iniciado por Credicorp Capital Sociedad Titulizadora S.A., así como el Informe Nº 937-2015-SMV/10.2 del 16 de noviembre de 2015 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 314 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus modi fi catorias, en los fi deicomisos de titulización, la sociedad titulizadora que actúa como fi duciario es la que realiza la emisión de los valores respaldados por el patrimonio fi deicometido; Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 026-2015-SMV/10.2 del 01 de abril de 2015, la Superintendencia del Mercado de Valores aprobó el trámite anticipado e inscribió en el Registro Público del Mercado de Valores el “Segundo Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA” hasta por un monto máximo de emisión de US$ 500 000 000,00 (quinientos millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles, y dispuso el registro del Prospecto Marco correspondiente al programa; Que, a través de escritos presentados hasta el 11 de noviembre de 2015, Credicorp Capital Sociedad Titulizadora S.A. solicitó a esta Intendencia la inscripción de las emisiones denominadas “Cuarta Emisión del Segundo Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA”, hasta por un monto máximo de emisión de S/. 400 000 000,00 (cuatrocientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América; “Quinta Emisión del Segundo Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA”, hasta por un monto máximo de emisión de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles; “Sexta Emisión del Segundo Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA”, hasta por un monto máximo de emisión de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles; y, “Sétima Emisión del Segundo Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA” hasta por un monto máximo de emisión de S/. 400 000 000,00 (cuatrocientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, y el registro del complemento del prospecto marco respectivo, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que Credicorp Capital Sociedad Titulizadora S.A. cumplió con lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores; el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 001-97- EF/94.10; el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10; así como con los requisitos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02; tal como se desarrolla en el Informe Nº 937-2015-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades; Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley del Mercado de Valores y los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como el artículo 38, numeral 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF. RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir los valores correspondientes a la cuarta emisión del “Segundo Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA”, hasta por un monto máximo de emisión de S/. 400 000 000,00 (cuatrocientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, y disponer el registro del Complemento del Prospecto Marco respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Inscribir los valores correspondientes a la quinta emisión del “Segundo Programa de Bonos