Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2016 (16/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Sábado 16 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

575723

"ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA DIRECCIÓN DEL ARCHIVO REGIONAL JUNÍN" Artículo Primero.- APRUÉBESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección del Archivo Regional Junín, el cual consta de cuatro (04) procedimientos administrativos y diez (10) servicios prestados en exclusividad que constan de seis (06) folios , que se anexa y forma parte de la presente Norma Regional. Artículo Segundo.- DEROGUESE la Resolución Gerencial General N° 072-2004-GR-JUNIN/GGR., y toda otra normatividad que contravenga la presente Norma Regional. Tercero.- DISPÓNGASE que la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información y la Dirección del Archivo Regional de Junín publiquen el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en sus respectivos Portales de Servicios al Ciudadano. Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 30 días del mes diciembre de 2015. RICHARD DURAN CASTRO Consejero Delegado POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 30 días del mes de diciembre de 2015. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1333755-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Ordenanza que establece exoneraciones al pago de la Tasa de Estacionamiento Vehicular en el distrito de Magdalena del Mar
ORDENANZA Nº 036-2015-MDMM Magdalena del Mar, 18 de diciembre de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 28 de la fecha, y; VISTOS: El Informe Nº 161-2015-GATR­MDMM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el informe Nº 743- 2015-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

Que, conforme lo establece la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamentalmente a través de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, de conformidad con lo previsto por el Artículo 200º numeral 49) de la Constitución Política del Perú, tienen rango normativo de ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa municipal, calidad reconocida por el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo con el Artículo 52º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, los gobiernos locales administran las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les asigne; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley. Excepcionalmente, los gobiernos Locales podrán condonar, el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, el Artículo 62º del Texto Único Ordenado del Código Tributario ­ Decreto Supremo Nº 1332013-EF, establece la facultad de fiscalización de la Administración Tributaria, cuyo resultado originará la emisión de la Resolución de Determinación, Resolución de Multa u Orden de Pago, si fuera el caso conforme a lo establecido en el Artículo 75º de dicho cuerpo legal; Que, según Acuerdo de Concejo Nº 200 de la Municipalidad de Lima Metropolitana se ratificaron las Ordenanzas Nº 016-MDMM del 29 de abril del 2015, modificada por la Ordenanza Nº 022-MDMM del 24 de junio del 2015, que aprueba la tasa de estacionamiento vehicular en zonas urbanas del distrito de Magdalena del Mar; Que, mediante el informe del visto, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, remite el proyecto de Ordenanza que establece Exoneraciones del Pago de la Tasa de Estacionamiento Vehicular a los vecinos del distrito de Magdalena del Mar; Que, mediante el informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de opinión que resulta viable, ya que no afectaría de gran manera a la proyección de recaudación prevista en la aprobación de la Ordenanza Nº 016-MDMM, por lo tanto, debe ser puesta en consideración del concejo distrital de la Municipalidad de Magdalena del Mar para que en uso de sus atribuciones establecidas en el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, sea aprobado; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Distrital de Magdalena del Mar por unanimidad, con dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Exoneraciones Se encuentran exonerados al pago de la tasa de estacionamiento vehicular dentro de las zonas urbanas del distrito: a) Exoneración total Los conductores de los vehículos que tengan la condición de contribuyentes por uso del predio(s) Casa-Habitación dentro de las vías y cuadras señaladas a continuación:

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