Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2016 (16/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano / Sábado 16 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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Actualizan el TUPA de la Municipalidad en lo que corresponde a los porcentajes de la UIT
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2015-MDSL San Luis, 29 de diciembre del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe N° 109-2015-MDSL-GPPI, de fecha 30 de noviembre de 2015 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, Informe Legal N° 388-2015-MDSL-GAL. CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la constitución política establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 103-2010MDSL se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA de la Municipalidad Distrital de San Luis, ratificado por Acuerdo de Concejo Provincial N° 1862010 MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 0622009-PCM, aprueba el formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, de conformidad con los dispuesto en los artículos 2°, 3° y 5°del Decreto Supremo N°062-2009-PCM, las entidades de la administración pública comprendidos en el artículo 1° del título preliminar de la ley N° 27444, se encuentra obligadas a adecuar su respectivo TUPA, al formato aprobado mediante el artículo 1° del referido decreto supremo; Que, según el artículo 4° del Decreto Supremo N°0622009-PCM, precisa que la modificación del valor de la UIT no implica la modificación automática del monto de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA; asimismo, señala que las entidades a través del funcionario responsable de ingresar y publicar la información del TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, así como en el Portal Web Institucional, deberán efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el nuevo valor de la UIT; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 374-2014EF aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias en tres mil ochocientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/ 3,850.00) durante el año 2015; Que, el artículo 42° de la ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que sean de competencia del Concejo Municipal; Que, en dicha línea de argumentación, debemos indicar que el numeral 38.5 de la Ley N° 27444- Ley del procedimiento administrativo general- establece que toda modificación del TUPA que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe aprobar mediante Decreto de Alcaldía, lo cual guarda concordancia con lo señalado en el artículo 36° numeral 3) de la misma norma que dice las disposiciones concernientes a la eliminación

de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Decreto de Alcaldía; Que, mediante informe N° 109-2015-MDSL-GPPI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, recomienda la actualización de los porcentajes expresados de la UIT de los derechos de los Procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Distrital de San Luis. Estando a lo expuesto y en uso de las facultados contenidas en el artículo 20°, numeral 6) y el artículo 42° de la ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- ACTUALIZAR del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Distrital de San Luis, en lo que corresponde a los porcentajes de la UIT de los derechos de los procedimientos y servicios exclusivos de acuerdo al monto de S/ 3,850.00 conforme a lo establecido por el Decreto Supremo N° 374-2014-EF para el año 2015. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Informática y Estadística, la publicación del mismo en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de San Luis (www.munisanluis.gob.pe) y en el portal de servicios al ciudadano y empresas conforme a lo dispuesto en el artículo 38° de la Ley de Procedimientos Administrativos General N° 27444. Regístrese, publíquese y cúmplase. RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1334390-1

Promulgan el Presupuesto de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 de la Municipalidad Distrital de San Luis
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 190-2015-MDSL San Luis, 30 de diciembre de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Acuerdo de Concejo N° 043-2015-MDSL, de fecha 30 de diciembre de 2015, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de San Luis para el Año Fiscal 2016 tal como lo establece el numeral 16 del artículo 9º, de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 195º de la Constitución del Perú y el artículo 42º, literal d) del artículo 42º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización, es competencia de los Gobiernos Locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante la Ley Nº 30372 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2016, el cual comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales; Que, la Dirección Nacional de Presupuesto Público ha aprobado mediante la Resolución Directoral N° 003-2015EF/50.01, la Directiva N° 002-2015-EF/50.01, "Directiva para Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Publico, con una Perspectiva de Programación Multianual";

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