Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2016 (16/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 102

575724
NOMBRE DE VÍA JIRON AUGUSTO BOLOGNESI JIRON TACNA JIRON LEONCIO PRADO AVENIDA JUAN DE ALIAGA JIRON CASTILLA JIRON DE LA ROCA VERGALLO JIRON JUSTO VIGIL JIRON TORRES MATOS JIRON JOSE COSSIO JIRON FELIX DIBOS CDRA

NORMAS LEGALES
1,2,3,4,5,6,7 6,7 6,7,8,9,10 2,3 5,6,7,8,9,10,11 2,3 2 1 2 9

Sábado 16 de enero de 2016 /

El Peruano

Ciudadana y Convivencia Social del año 2016, del Distrito de Pachacámac, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC", y CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobiernos Local con autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del título Preliminar de la Ley 27972; Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ley N° 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), norma que tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Como también desarrolla un concepto integral de la seguridad ciudadana, concibiéndola como la acción que desarrolla el Estado con la colaboración de la ciudadanía, destinada a lograr la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia, libre utilización de las vías y espacios públicos y contribuir a la prevención de delitos y faltas, con el apoyo de la comunidad organizada. Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2014-IN de fecha 04 de diciembre del 2014, se aprobó el reglamento de la Ley N° 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Que en su artículo 36 los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; son presidas por el Alcalde Distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaria Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital correspondiente; Que, de conformidad con lo prescrito en el artículo 30° inciso (e) y artículo 47° del citado Reglamento, son funciones de la Secretaria Técnica, entre otras, presentar el Proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2016 al Concejo Municipal Distrital, para su ratificación mediante ordenanza; Que, con fecha 06 de Enero de 2016, se reunió el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pachacámac, y por unanimidad procedió a la aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9°, numeral 8) artículo 40° y numerales 2) y 4) del artículo 157° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 y contando con MAYORIA de voto de los Señores Regidores, se aprueba; ORDENANZA MUNICIPAL N° 153-2016-MDP/C ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL AÑO 2016, DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del año 2016, del Distrito de Pachacámac, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC, según acta de aprobación de fecha 06 de Enero del 2016, en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 27933 ­ Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad vigente aplicable, Artículo Segundo.- PRECISAR, que el acta de aprobación del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana del año 2016, del Distrito de Pachacámac, forma parte integrante, como anexo, de la presente ordenanza.

b) Exoneración Parcial Asimismo, se encuentran exonerados del pago de la tasa, por el lapso de una (01) hora al día, los conductores debidamente acreditados con su Documento Nacional de Identidad en el que conste como domicilio el distrito de Magdalena del Mar. DISPOSICIONES FINALES Artículo Primero.- Facúltese al Alcalde de Magdalena del Mar, para que en el caso de ser necesario, mediante Decreto de Alcaldía, adopte las medidas necesarias para la mejor aplicación de la presente Ordenanza y dicte las normas reglamentarias. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la Subgerencia de Informática y Estadística, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Deróguese toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación de la misma en la página web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe; y a la Gerencia de Comunicaciones su difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1333727-1

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Ratifican el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del año 2016 del Distrito de Pachacámac
ORDENANZA MUNICIPAL N° 153-2016-MDP/C Pachacámac, 12 de enero del 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC; VISTO: El Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de Enero del 2016, Informe N° 005-2016-MDP/GAJ de fecha 07 de Enero del 2016 y Memorando N° 009-2016MDP/GSCMA de fecha 06 de Enero del 2016, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, respectivamente, sobre "Ratificación del Plan Local Distrital de Seguridad

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.