Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2016 (16/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de enero de 2016 /

El Peruano

la inclusión económica, social, política y cultural, de jóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ámbito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas, nutriéndose de sus perspectivas y aportes. Estas acciones también buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminación por razones de etnia, religión o género y toda otra forma de discriminación; Que, en el literal d) del artículo 47º de la Ley Nº 27867, en el marco de las funciones en materia de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación, estipula promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos; Que el Reglamento de la Ley Nº 28592 ­ Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR en el artículo 10º establece los Objetivos Repara y/o Compensar los daños humanos, sociales, morales, materiales y económicas causados por el proceso de violencia en las personas, familias, comunidades y poblaciones indígenas afectadas, asimismo el artículo 30º del cuerpo legal acotado establece que, el objetivo del programa de reparaciones simbólicas es contribuir a restaurar el lazo social quebrado, por el proceso de violencia, entre el Estado y las personas y entre las personas mismas, a través del reconocimiento público del daño que les infligió la acción de los grupos subversivos y la acción u omisión del Estado, en la búsqueda de favorecer la reconciliación nacional de conjunto de la sociedad peruana hacia las víctimas, y el literal d) del artículo 32º sobre las Modalidades de las Reparaciones Simbólicas, constituyen modalidades del programa de reparaciones simbólicas, los recordatorios a los héroes de la pacificación, asignando nombres a las calles, plazas públicas de la comunidad, puentes, carreteras, distrito o región, a propuesta y en coordinación con los afectados; Que, mediante Decretos Supremos Nº 065 y 1012001-PCM, se constituyó la Comisión de la Verdad y Reconciliación con la finalidad de esclarecer el proceso los hechos y responsabilidades de la violencia terrorista y de la Violación a los Derechos Humanos producidos desde mayo de 1980 hasta noviembre de 2000, y asimismo, proponer iniciativas destinadas a afirmar la paz y la concordia entre los peruanos para propender a la reconciliación nacional, al imperio de la justicia y al fortalecimiento del régimen democrático constitucional; entre sus conclusiones y recomendaciones se encuentra la de resarcir los daños producidos a las víctimas de la violencia, suscitada entre mayo de 1980 y noviembre del 2000; Que, la necesidad de que sea declarado de Interés Público Regional el Lugar de la Memoria, es una iniciativa que busca ampliarse y sumar los esfuerzos de diversas organizaciones a fin de convertir dicho espacio en el lugar de encuentro, en recuerdo y honor a cada una de las personas perecidas. Este espacio Lugar de la Menoría "Yalpana Wasi ­ Wiñay Yalpanapa" busca ser, asimismo, un espacio de memoria que permita recordar, de manera permanente, lo vivido durante dos décadas de conflicto armado interno, las consecuencias lamentables que debemos evitar y que nos permita encarar el futuro con la esperanza de que la verdad, la justicia y la paz prevalecerán en nuestra región y en el país; Que, el Dictamen Nº17-2015-GRJ/CR/CPPPATyDI, favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional y el Dictamen Nº 02-2015-GRJ/CR/ CPDDHHMyF, favorable de la Comisión Permanente de Derechos Humanos, de la Mujer y la Familia, y, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno de Consejo, aprobado por Ordenanza Regional Nº 179-2014-GRJ/CR, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:

"ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERES PUBLICO REGIONAL CON CARÁCTER DE INTANGIBLE EL LUGAR DE LA MEMORIA "YALPANA WASI ­ WIÑAY YALPANAPA" Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Público Regional el Lugar de la Menoría "Yalpana Wasi ­ Wiñay Yalpanapa", como un espacio público de cultura viva para la reconciliación entre peruanos, así como, para la reflexión sobre un futuro en el que no se repitan episodios del período de la violencia de 1980 al 2000 en cumplimiento a la Ley 28592 ­ Ley que Crea el Plan Integral de Reparaciones. Artículo Segundo.- APRÚEBESE la conformación de la Comisión Multisectorial Consultiva del Lugar de la Memoria "Yalpana Wasi ­ Wiñay Yalpanapa", como espacio de consulta con el fin de apoyar en el cumplimiento del objetivo de su creación, la comisión estará integrado por: · Director (a) del Lugar de la Memoria de la Región Junín quien lo presidirá. · Un (a) representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social - GRJ. · Un(a) representante de la Dirección Regional de Comunicaciones del GRJ. · Un (a) representante de la Municipalidad Distrital de Chilca. · Un representante del Arzobispado de Huancayo. · Un (a) representante del Ministerio de Cultura. · Un (a) representante de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel ­ CMAN. · Un (a) representante del Centro de Atención Psicosocial ­ CAPS. · Un (a) representante de las organizaciones de desplazados por la violencia política. · Un (a) representante de las organizaciones de víctimas de la violencia política. · Un (a) representante de la Dirección Regional de Educación Junín - GRJ. La Comisión Multisectorial Consultiva podrá incorporar nuevos miembros que puedan coadyuvar a los fines de la misma. Artículo Tercero.ESTABLÉZCASE como facultades de la Comisión Multisectorial Consultativa del Lugar de la Memoria "Yalpana Wasi ­ Wiñay Yalpanapa" los siguientes puntos: 1. Formular su reglamento interno. 2. Apoyar en la formulación de los documentos de gestión y otros que permitan el cumplimiento de los fines y objetivos para el que fue creado. 3. Apoyar en las Gestiones ante Cooperación Internacional. 4. Apoyar e impulsar el Centro de Documentación e Investigación, con un fondo editorial y biblioteca especializada con enfoque de Derechos Humanos, Justicia, No Violencia, Reparaciones y Reconciliación. 5. Desarrollar acciones de Intervención Social en los componentes de Educación, Salud Mental, Interculturalidad, acción comunitaria y comunicación social, de acuerdo a los fines de la memoria. 6. Otros que acuerde la Directora y el Comité Multisectorial de Consulta. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 6 días del mes de octubre de 2015. RICHARD DURAN CASTRO Consejero Delegado Consejo Regional

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