Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2016 (20/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de enero de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban bases administrativas para designar Ejecutor Coactivo y Auxiliares Coactivos
ACUERDO DE CONCEJO N° 004-2016/MC Comas, 14 de enero del 2016 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen 002-2016-CEAFPyP/MC de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas, por el cual se aprueban las Bases Administrativas para designar a un (01) EJECUTOR COACTIVO y (02) AUXILIARES COACTIVOS para la Municipalidad Distrital de Comas, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, los Regidores y el Alcalde tienen entre sus atribuciones, el proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos, según lo establecido por el Artículo 10º inciso 1) y Artículo 20º inciso 4) de la Ley Nº 27972, correspondiendo a este último, ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal de conformidad al inciso 3) del Artículo 20º de la Ley antes citada; Que, el artículo 41° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, en el numeral 32) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo; Que, en el Artículo 7º numeral 7.1 del TUO de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, señala que: "La designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos"; Que, en el Artículo 1º de la Ley precisa que el cargo de ejecutor coactivo no es cargo de confianza ­ Ley Nº 27204, cuyo texto señala: "Precisase que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley 27679 ­ Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza; Que, mediante Memorando Nº 1020-2015-GR/MC de fecha 17 de Diciembre del 2015, La Gerencia de Rentas solicita se efectúe la Convocatoria para contratar a un Ejecutor Coactivo y a dos Auxiliares Coactivos, mediante concurso público de méritos dentro del marco establecido en la Ley Nº 26979; todo ello con la finalidad de que dichos contratados se encarguen con la ejecución forzosa de las multas tributarias, de los cierres y clausuras de establecimientos y demoliciones de construcciones indebidas e irregularidades; Que, con Informe Nº 1837-2015-SGP-GPPR/MC de fecha 31 de Diciembre del 2015, la Sub Gerencia de Presupuesto se pronuncia sobre la disponibilidad Presupuestaria sobre el requerimiento de personal

del Ejecutor Coactivo y de los Auxiliares Coactivos convocados por Concurso Público de Méritos. Que, mediante Memorando N° 1067-2015-GPPR/MC de fecha 31 de Diciembre del 2015 se establece que de acuerdo al Presupuesto Institucional de Apertura ­PIA 2016 aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 1162015/MC de fecha 22 de Diciembre del 2015, se cuenta con disponibilidad presupuestal, por el monto de S/. 212,395.79 soles, según la información registrada en el SIAF para el Ejercicio Fiscal 2016; Que mediante Informe Nº 023-2016-GAJ/MC de fecha 12 de Enero del.2016, la Gerencia de Asuntos Jurídicos señala que por las consideraciones expuestas, de conformidad con lo establecido en el numeral 1° del artículo 67º del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Distrital de Comas, opina por la aprobación de las Bases para Concurso Público para designar un (01) Ejecutor Coactivo y de dos (02) Auxiliares Coactivos de la Municipalidad Distrital de Comas previo Acuerdo de Concejo; Que, según Carta Nº 02-2016-SG/MC, el Secretario General del Concejo Municipal, remite al Presidente de la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto, los actuados haciendo mención de las Bases para Concurso Publico de Méritos de la designación de un Ejecutor Coactivo y dos Auxiliares Coactivos, para que sea evaluado en Comisión y se emita el Dictamen correspondiente, Estando a lo expuesto en el Dictamen N° 002-2016-CEAFPyP de la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo POR UNANIMIDAD. ACUERDA: Artículo Primero.APROBAR, las Bases Administrativas PARA DESIGNAR A UN (01) EJECUTOR COACTIVO y DOS (02) AUXILIARES COACTIVOS para la Municipalidad Distrital de Comas, correspondiente al Concursos Público de Méritos Nº 001-2016/MC, las mismas que formarán parte del Presente Acuerdo de Concejo como anexo adjunto, siendo que el Ejecutor Coactivo y los Auxiliares Coactivos serán funcionarios contratados en concordancia al artículo 1º de la Ley Nº 27204. Artículo Segundo.- FACÚLTESE, al señor Alcalde para que mediante Resolución de Alcaldía designe al Comité que llevará a cabo el Concurso Público de Méritos para la selección de un (01) Ejecutor Coactivo y de dos (02) Auxiliares Coactivos, así como establecer el cronograma del citado Concurso Público de Méritos. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Comunicación Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Secretaria General la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y se disponga que la Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico proceda a publicar el texto íntegro del Acuerdo de Concejo en la página web de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1334903-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Crean la Gerencia de Modernización de la Gestión Municipal y modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama Estructural de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 335-2015-MDI Independencia, 29 de Diciembre del 2015

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